Fuerza Popular, Perú Libre y otros 8 partidos deben rendir cuentas por uso de S/7 millones del Estado
ONPE aclaró que estas 10 agrupaciones políticas, con presencia en el Congreso, tienen que transparentar sus gastos y demostrar que no hubo irregularidades o mala utilización del financiamiento público.
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Hasta este jueves 15 de enero, diez partidos políticos, que tienen presencia en el actual Congreso, deben presentar, de forma obligatoria, una rendición de cuentas por el financiamiento público directo que recibieron del Estado. Así lo informó la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la cual detalló que el monto total asciende a más de 7 millones 798 soles correspondiente al segundo semestre del año 2025.
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La lista de los partidos que tendrán que transparentar sus gastos la lideran Perú Libre, Fuerza Popular y Renovación Popular, los cuales recibieron del Estado S/1.075.639, S/957.530 y S/843.268, respectivamente, precisó la ONPE.
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Les siguen Acción Popular (S/825.571), Alianza para el Progreso (S/741.414) y Avanza País (S/741.130). También Juntos por el Perú (S/687.321), Somos Perú (S/661.153), Podemos Perú (S/644.211) y el Partido Morado (S/ 620.759).
La ONPE señaló que el dinero del Estado asignado para cada organización política fue depositado en sus cuentas bancarias de forma mensual, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.
Verificación y supervisión
“Ahora, por medio de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, se verificará y controlará la correcta ejecución del financiamiento entregado. Una vez culminada esa etapa, la ONPE se pronunciará sobre el cumplimiento de las obligaciones y si hay mérito para el inicio del procedimiento sancionador”, explicó.
La ONPE aclaró también que la subvención se brindó en el marco de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), que establece que las agrupaciones que obtienen representación en el Congreso reciben financiamiento público por parte del Estado. “El monto resulta de multiplicar el número total de votos emitidos para la elección de congresistas por el 0.1 % de la UIT”, agregó.
Según la LOP, hasta el 50 % del dinero público recibido debe ser utilizado en gastos de funcionamiento ordinario; así como en la compra de inmuebles, mobiliario y otros bienes necesarios para atender actividades consustanciales al objeto de la organización política. También para la contratación de personal y servicios diversos, los que incluyen servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política y a sus directivos, representantes y voceros en el ejercicio del cargo. En caso de dictarse sentencia condenatoria consentida o ejecutoriada, se debe devolver el dinero empleado para tal fin.
Obligaciones y prohibiciones
La ONPE indicó además que no menos del 50 % del financiamiento recibido debe destinarse a actividades de formación, capacitación, investigación y difusión, aplicando criterios de igualdad, paridad y no discriminación entre hombres y mujeres.
“Estas actividades pueden estar orientadas a procesos electorales convocados e incluir la realización de encuestas, el desarrollo de sistemas informáticos o herramientas digitales, el procesamiento masivo de datos; así como la implementación y mantenimiento de canales o plataformas institucionales de comunicación, como publicaciones en medios físicos o digitales u otras homólogas”, añadió.
El financiamiento público directo no debe usarse con fines de lucro, ni con fines distintos a lo establecido en la LOP. Su incumplimiento constituye una infracción muy grave, cuya sanción es de una multa no menor de 31 UIT (S/170.500) ni mayor de 100 UIT (S/550.000) y la pérdida de la subvención.























