PPK: Poder Judicial admite hábeas corpus de expresidente para dejar sin efecto su impedimento de salida del país
La demanda cuestiona a la Direccione de Migraciones. El Poder Judicial impuso un nuevo impedimento de salida del país a PPK luego que intentó viajar a Estados Unidos, a pesar de que la Fiscalía había solicitado un impedimento de salida debido a las investigaciones que tiene en su contra.
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El Poder Judicial ha accedido a dar trámite a una demanda de hábeas corpus presentada por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski contra la Dirección de Migraciones. Con este recurso, busca anular los registros ya caducos de los impedimentos de salida anteriores y sancionar a los que, su defensa considera, violaron sus derechos.
El 7 de junio último, PPK intentó viajar a EE.UU pero el personal de migraciones le informó que las medidas de impedimento de salida del país, que el Poder Judicial había declarado caducas el 29 de mayo anterior, seguían vigentes en los archivos, por lo que tuvo que regresar a su domicilio. Contra esa decisión del personal de Migraciones, la defensa de PPK presentó el habeas corpus para que la situación no se repita a futuro.
Mientras tanto, al haberse declarado caducas todas las restricciones a la libertad del ex presidente, la fiscalía solicitó que se le aplique un nuevo impedimento de salida del país. La audiencia debía realizarse el lunes, 9 de junio, pero ante su fracasado intento de viaje, la fiscalía solicitó al Poder Judicial que adelante el debate y la resolución de este caso, en la investigación que se le sigue por presunto lavado de activos dentro de una red criminal que habría operado dentro del partido Peruanos por el Kambio durante la campaña electoral de 2016.
En consecuencia, la jueza ordenó un impedimento de salida por 18 meses, con vigencia hasta diciembre de 2026.
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Por su parte, la defensa de PPK sostiene que, cuando el expresidente intentó viajar, no existía ninguna restricción judicial activa sobre su salida. Argumentan que la "alerta migratoria" que impidió su partida carecía de base legal. Kuczynski ha manifestado que su viaje tenía fines médicos y para reunirse con su esposa; además, afirmó que tenía planeado su regreso al país.
Si bien el hábeas corpus ha sido admitido para que Migraciones explique por qué se le impidió la salida, es importante recalcar que, incluso si se levanta esa alerta migratoria específica, PPK aún enfrenta una nueva orden judicial de impedimento de salida, emitida el 8 de junio. La jueza consideró que existe un "peligro inminente" de que Kuczynski intente eludir la justicia.

PJ
PPK intentó recusar a jueza que evaluó impedimento de salida
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, presidido por la jueza Margarita Salcedo, rechazó la recusación planteada por la defensa del expresidente Pedro Pablo Kuczynski. Con ello, el juzgado procedió a evaluar y aprobar el impedimento de salida del país contra el exmandatario. La defensa había solicitado el cambio de jueces, alegando una presunta afectación al derecho a un juicio imparcial.
Durante la audiencia, el abogado defensor, Julio Midolo, cuestionó que fueron notificados sobre la sesión de impedimento de salida apenas a las 10:30 a. m., solo hora y media antes de su inicio, además de destacar que esta se realizó un domingo, día no laborable. Sin embargo, la jueza Salcedo aclaró que la convocatoria fue comunicada con tres días de anticipación, tal como exige la ley. Asimismo, informó que el caso será elevado a la Sala Penal de Apelaciones Nacional para su revisión, ya sea para confirmar o revocar la decisión.
Frente a esta resolución, Midolo anunció que presentará una apelación. Señaló que la decisión judicial se basó en hechos anteriores que, según su criterio, fueron arbitrarios. Añadió que no se notificó la resolución que certificaba la ausencia de medidas restrictivas que impidan la salida del país de Kuczynski.
“Desde nuestra perspectiva, es evidente que hay una parcialización en este despacho. Estamos esperando que se notifique la resolución del 29 de mayo, que íbamos a usar como sustento para demostrar que no hay ninguna vulneración de restricciones.
Si no se considera legítimo que un ciudadano de 87 años, que ha esperado siete años para que cesen las restricciones en su contra, pueda viajar a ver a su esposa, entonces en este país no existe seguridad jurídica”, remarcó el abogado.