Política

Tribunal de Ética del CPP reporta 17 casos de quejas y pedidos de rectificación contra medios de comunicación

Entre los medios involucrados destacan diarios impresos, portales web, programas televisivos y otros. Se declararon 10 casos inadmisibles, 4 concluidos y sólo 2 infundados.

Tribunal de Ética publico su balance sobre denuncias procesadas | Composición: Ariana Espinoza / Foto: La República
Tribunal de Ética publico su balance sobre denuncias procesadas | Composición: Ariana Espinoza / Foto: La República

El Tribunal de Ética del Consejo de Prensa Peruana (CPP) presentó su balance de casos correspondiente al 2024. En el documento oficial, la institución, vinculada al ámbito periodístico peruano, publica los resultados de los 17 casos recibidos a lo largo del año. De este total, seis correspondieron a quejas y diez a pedidos de rectificación.

El informe menciona a diversos medios involucrados, entre ellos este diario, junto con Correo, Perú 21, El Comercio, Trome y La Verdad. También se incluye al programa Panorama de Panamericana Televisión, los canales Latina, América TV y ATV, así como el portal web Lima Gris. De las 17 presentaciones realizadas contra estos medios, 10 fueron consideradas inadmisibles, 4 concluidas, 2 infundadas y 1 improcedente.

Las quejas y solicitudes de rectificación fueron presentadas por diferentes figuras de la política nacional. Destacan Salvador del Solar, exprimer ministro del Perú; Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional; Alejandro Soto, congresista, entre otros. Asimismo, el comunicado del Tribunal de Ética señala que el Congreso de la República, como institución y primer poder del Estado, presentó también una denuncia dentro de los casos evaluados.

Finalmente, el comunicado del Tribunal de Ética, integrado por Luz María Helguero (vocal), Erick Iriarte Ahon (presidente), Claudia Izaguirre (vicepresidenta), José Ugaz (vocal) y María Luisa Wiegold (vocal), instó al Consejo de Prensa Peruano a redoblar esfuerzos para que más medios se adhieran al Tribunal. Además, se sugirió que, cuando un medio de un grupo empresarial acepte las normas éticas del Tribunal, dicha aceptación se extienda automáticamente a todos los medios del mismo grupo. Esto garantizaría un tratamiento ético homogéneo dentro de cada organización.

Tres casos abordados por el Tribunal de Ética del CPP involucraron a La República

En el balance del Tribunal de Ética del CPP, se analizaron tres casos donde nuestro medio, La República, se vio involucrado. Como resultado, se declararon infundadas dos denuncias, y una fue considerada concluida.

El Tribunal declaró infundada la queja presentada por el Grupo RPP contra el Grupo La República por una caricatura publicada el 2 de diciembre de 2023 en la sección “Carlincaturas”. Aunque la caricatura cuestionaba la cobertura televisiva de la marcha del 16 de septiembre, el Tribunal consideró que se trataba de un ejercicio legítimo de sátira, protegido por la libertad de expresión. Mientras RPP alegaba que la caricatura era despectiva y contradecía los hechos al insinuar una ausencia de cobertura, La República defendió el carácter exagerado de la sátira como un recurso artístico. En respuesta, el Tribunal destacó que dicha caricatura, enmarcada en la crítica legítima, no constituía una violación a la ética periodística y reafirmó la importancia de preservar este tipo de expresión en el ámbito comunicacional.

Asimismo, el órgano del CPP ratificó la declaración de infundada en la queja presentada por la magistrada Luz Pacheco contra La República por otra caricatura publicada en la misma sección. Pacheco alegaba que la caricatura difamaba su honor al insinuar corrupción en una decisión del Tribunal Constitucional sobre Alberto Fujimori. Sin embargo, el Tribunal reafirmó que la sátira, como expresión artística y crítica, está protegida por la libertad de expresión, especialmente en temas de interés público. Además, concluyó que las caricaturas, al ser opiniones subjetivas, no contenían afirmaciones falsas ni injuriosas, y por tanto, no violaron los principios éticos del periodismo.

Por último, el caso presentado por el Sodalicio de Vida Cristiana contra La República fue declarado concluido tras la publicación de una carta de rectificación que aclaraba afirmaciones consideradas inexactas en el artículo “El factor Rafael López Aliaga” de Paula Ugaz. El Sodalicio había objetado el contenido del artículo por presuntos daños a su reputación y denunciado la demora en la publicación de su rectificación. Finalmente, La República rectificó el 1 de septiembre de 2024. El Tribunal destacó la importancia de las rectificaciones oportunas como garantía de ética periodística y protección del derecho a la reputación.