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Política

Tribunal Constitucional ordena liberar a general EP Juan Rivero Lazo, exdirector de Inteligencia del Ejército

El exdirector de Inteligencia del Ejército durante la dictadura de Alberto Fujimori fue liberado tras 20 años de prisión por los delitos de homicidio calificado y asociación ilícita para delinquir.

Juan Rivero seguirá siendo investigado por caso La Cantuta. Foto: composiciónLR/difusión
Juan Rivero seguirá siendo investigado por caso La Cantuta. Foto: composiciónLR/difusión

El Tribunal Constitucional ordenó la liberación inmediata del general del Ejército, Juan Rivero Lazo, quien en otrora fue director de Inteligencia del Ejército durante el gobierno dictatorial de Alberto Fujimori. El máximo intérprete de la Constitucón declaró fundada en parte la demanda de recurso de agravio constitucional a favor del general, quien ha estado preso desde 1993 hasta 1995 y de 2001 hasta la actualidad por su vinculación con los casos del Grupo Colina.

"Declarar fundada la demanda en el extremo en el que se solicita la modificación del cómputo de inicio y fin de las penas impuestas al recurrente; en consecuencia, declarar como inicio de su privación de libertad el 16 de diciembre de 1993 y, en tal sentido, disponer la inmediata libertad del actor por cumplimiento de pena", se lee en la resolución.

Rivero Lazo, de 83 años, fue sentenciado a 25 años de prisión por homicidio calificado, tentativa de homicidio y asociación ilícita para delinquir, tras su desempeño como director de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE) entre 1991 y 1992. La resolución del TC establece que el cómputo de su pena debe iniciar el 16 de diciembre de 1993, lo que implica su inmediata liberación por cumplimiento de pena.

La medida fue respaldada por cuatro de los siete magistrados del Tribunal, quienes argumentaron que la modificación del cómputo de inicio y fin de las penas era necesaria. Sin embargo, tres magistrados votaron en contra, lo que refleja la división en el máximo intérprete de la Constitución sobre este caso.

De acuerdo con el principal intérprete de la Constitución, el conteo de la pena en el caso 'Barrios Altos' debió comenzar el 16 de diciembre de 1993 y concluir el 8 de octubre de 2024. Por otro lado, el Poder Judicial establece que la pena comenzó el 8 de abril de 2001, por lo que debería finalizar el 9 de abril de 2026.

A pesar de esta resolución, el exmiembro del Grupo Colina continuará enfrentando los juicios relacionados con los casos 'La Cantuta' y 'Caraqueño'.

"Finalmente, la ponencia declara improcedente el extremo de la demanda en el que el recurrente solicita el archivamiento de los procesos de los casos “Caraqueño” y “Cantuta”, (según lo referido en la demanda acumulados en el expediente 649-2011-0-5001-JRPE-03), así como del caso “Ventocilla” (expediente 1-2017-0-5001-SP-PE-O1)17."