Política

Jorge Barata: ¿cuáles fueron los argumentos de la Fiscalía que revocaron su colaboración eficaz?

Según la defensa del exsuperintendente de Odebrecht en Perú, existen restricciones legales en Brasil que le impedían testificar en Perú.

Jorge Barata se ha ausentado hasta en 5 oportunidades. Foto: composiciónLR/difusión
Jorge Barata se ha ausentado hasta en 5 oportunidades. Foto: composiciónLR/difusión

La Corte Superior Nacional del Poder Judicial revocó el acuerdo de colaboración eficaz a Jorge Barata, exsuperintendente de la empresa brasileña Odebrecht en Perú, el pasado miércoles 3 de julio debido a que incumplió sus obligaciones con el Ministerio Público respecto al juicio oral contra el expresidente Ollanta Humala, donde debía declarar en calidad de testigo.

Ollanta Humala está siendo investigado por el presunto delito de lavado de activos en perjuicio del Estado y de asociación ilícita para delinquir. Se le acusa de la supuesta entrega de US$3 millones por parte de la constructora brasileña para la campaña presidencial de 2011, en la que Humala, junto con la ex primera dama Nadine Heredia, resultaron victoriosos.

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Jorge Barata: ¿cuáles fueron los argumentos de la Fiscalía que revocaron su colaboración eficaz?

De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, existen una serie de incumplimientos por parte de Jorge Barata que han llevado a esta decisión. Por ejemplo, uno de ellos se basa en la infracción a las reglas de conducta, ya que no ha cumplido con las obligaciones establecidas en la Resolución N.º 20 de fecha 17 de junio de 2019, la cual le imponía testificar en el juicio seguido contra Ollanta Humala, Nadine Heredia y otros.

Barata fue citado para rendir testimonio en dicho proceso judicial los días 08/11/2022, 17/01/2023, 25/04/2023, 05/09/2023 y 10/10/2023; sin embargo, no se presentó a ninguna de ellas. Aunque se mencionó que Barata reside en Brasil, él había establecido un domicilio procesal en Perú, lo que implicaba que debía responder a las citaciones judiciales en el país.

Según lo establecido en el artículo 480 del Código Procesal Penal y en la cláusula 1.2 de la parte resolutiva de la Resolución N° 20, se determina que Barata se encontraba en la obligación de colaborar con la justicia peruana, lo cual incluía la presentación de testimonios cuando fuese requerido. Es importante resaltar la importancia de cumplir con estas disposiciones legales para garantizar el correcto desarrollo de los procesos judiciales.

La defensa de Barata argumentó que su ausencia se debió a instrucciones de sus abogados y a prohibiciones legales en Brasil, pero la Fiscalía sostiene que estas razones no son válidas para justificar su incumplimiento de las obligaciones del acuerdo de colaboración eficaz. Asimismo, sostiene que la ausencia de Barata constituye un acto de mala fe y obstaculización del proceso judicial.

Sanción viene tras anuncio de Domingo Pérez de que Barata iba a declarar en juicio contra Keiko

La resolución judicial se emitió un día después de que el fiscal José Domingo Pérez informara en una audiencia pública que Jorge Barata testificaría ante el Tercer Juzgado Penal Colegiado en el juicio del caso Cócteles, que involucra a Keiko Fujimori y Fuerza Popular.

Si, con incentivos, Jorge Barata no brindó declaración en el caso Humala, es poco probable que lo haga en el caso Cócteles sin esos beneficios. Los exfuncionarios de Odebrecht reconocieron actos de corrupción, pero negaron cualquier implicación en el lavado de activos relacionado con los aportes a las campañas electorales.

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