EN VIVO | Primer lanzamiento tripulado de la nave Starliner
Política

Omar Cairo: “No es jurídicamente correcto que archiven proyecto del Ejecutivo”

El constitucionalista analiza el anunciado rechazo de la Comisión de Constitución al proyecto de Asamblea Constituyente.

Opinión. “No hay inconstitucionalidad en ese proyecto”. Foto: Virgilio Grajeda/La República
Opinión. “No hay inconstitucionalidad en ese proyecto”. Foto: Virgilio Grajeda/La República

Se espera que el proyecto del Ejecutivo sea archivado hoy en la Comisión de Constitución.

Se ha difundido un borrador de dictamen, que archiva el proyecto de reforma constitucional del presidente, afirmando como sustento que el artículo 206 de la Constitución es obra del poder constituyente y por lo tanto es inmodificable.

Dicen que es intangible.

Sí. Y eso no es cierto. El artículo 206, como cualquier otro de la Constitución, es modificable mediante el procedimiento previsto en el artículo 206. Ese artículo incluso permite la reforma total de la Constitución, así que no hay ninguna inconstitucionalidad en el proyecto por pretender adicionar un procedimiento de reforma constitucional a la Constitución, introduciendo un artículo 207. No es jurídicamente correcto que archiven el proyecto del Ejecutivo por considerarlo inconstitucional. El artículo 206 es parte de la Constitución, es modificable, y además es obra del Congreso Constituyente Democrático (CCD) del 92 que no es constituyente, es un congreso convocado por una dictadura, la de Alberto Fujimori, y ese CCD elaboró una Constitución que le impuso al país 8 años, hasta el momento en que Fujimori fugó del país. Esa Constitución no es una obra del poder constituyente.

Pero en los fundamentos dicen que ese poder constituyente fue democrático.

No, esa Constitución la elaboró un congreso constituyente, llamado democrático, convocado por la dictadura de Fujimori. Fue convocado unilateralmente, sin ningún consenso. Ese CCD, que no es expresión del poder constituyente, es el que hizo la Constitución. Lo que ocurre es que esa Constitución le fue impuesta al país hasta el año 2000 en que la dictadura terminó. Esa Constitución rige el proceso político, pero no porque sea obra del pueblo en ejercicio del poder constituyente sino porque los ciudadanos decidieron no suprimirla cuando se derrumbó la dictadura de Fujimori.

De todos modos, hoy no pasa el proyecto del gobierno.

Sí, pero el fundamento para archivarla es inconsistente, insostenible.

Sí es cierto que el proyecto Constituyente se ve mal desde el inicio. Más como instrumento político que como propuesta seria de hacer cambios.

Eso es otra cosa, de hecho merece muchas críticas, pero es un proyecto que se ha planteado con las reglas de la Constitución vigente. Si el Congreso cree que es improvisado, que no tiene fundamentos sólidos, lo que tiene que hacer es desaprobarlo. Pero no archivarlo a través de la Comisión de Constitución.

Sin un mejor sustento.

La comisión debió decidir aprobarlo o no, pero no archivarlo por inconstitucional.

¿Queda claro que este no es un momento constituyente?

Este proyecto se presentó para hacer una nueva Constitución siguiendo el procedimiento de la Constitución vigente. El momento constituyente es para otro tipo de cambios. Es el que se requiere cuando se va a hacer una nueva Constitución sin seguir el procedimiento de reforma constitucional previsto en la Constitución que se desea transformar. Cuando hay consenso de las fuerzas políticas en que es necesario cambiar la Constitución aún sin usar el procedimiento previsto en ella, en este caso el 206.

Por qué el proyecto del Ejecutivo despierta tanta suspicacia en parte del Congreso.

Hay un equívoco que une a oposición y gobierno. Afirman que si este proyecto se aprueba y se introduce la Constituyente en la Constitución, vía el artículo 207, esa Constituyente será omnímoda, todopoderosa y puede cambiar totalmente el sistema político. No es cierto. Funciona con los límites que la Constitución le coloca, principalmente con los límites que le coloca la ley de reforma que lo incorporó a la Constitución. Hay constituciones como la de Uruguay, Paraguay, Costa Rica, Colombia, que prevén asambleas constituyentes y no son tododopoderosas para modificar absolutamente todo.

No instalan una dictadura.

No, porque la Constituyente es una figura del sistema democrático constitucional, cuando se utiliza para otra cosa, se convierte en la máscara de una dictadura.

Estudios de Comunicación Social y Periodismo en la Universidad Mayor de San Marcos. Redactor en suplementos Domingo, Rojo y Blanco (regionales), VSD de La República. Editor de Espectáculos en La República. Reportero de deportes en El Gráfico Perú. Editor de Sociedad y Especiales en La República. Coeditor de Política en La República.