Política

Procuraduría queda momentáneamente fuera del caso Cócteles

Tribunal ordenó que el juez Víctor Zúñiga debe definir, una vez más, si la Procuraduría de Lavado de Activos formará parte del caso contra Keiko Fujimori o no.

Juez. . Víctor Zúñiga consideró que no existen motivos para retrotraer el caso a la etapa de investigación preliminar. Foto: La República
Juez. . Víctor Zúñiga consideró que no existen motivos para retrotraer el caso a la etapa de investigación preliminar. Foto: La República

La Procuraduría de Lavado de Activos, en calidad de representante del Estado en el caso Cócteles (Odebrecht) ha quedado, por ahora, fuera del proceso que dirige el fiscal José Domingo Pérez contra Keiko Fujimori Higuchi y más de 50 involucrados.

Así lo ha resuelto la Segunda Sala de Apelaciones el último 13 de diciembre. En su decisión, a la que accedió La República, los jueces superiores Iván Quispe, Edgar Medina y Walter Gálvez determinaron que el juez Víctor Zúñiga, cuando decidió incorporar a la Procuraduría en el proceso en febrero de este año, dejó varios puntos importantes sin pronunciamiento.

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De esta manera, el tribunal anuló la resolución que emitió Zúñiga para que sea este, nuevamente, quien defina si se incluirá a la Procuraduría de Lavado. La Sala concedió la razón de anular lo dictado en primera instancia, así, por pedido de Keiko Fujimori, Mark Vito, Giulliana Loza, Augusto Bedoya, Carmela Paucará, Arsenio Oré y Edward García, todos acusados en el caso Cócteles, actualmente.

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La presencia de la Procuraduría en el caso es clave, puesto que tiene como labor requerir un monto de reparación civil a favor del Estado por los daños causados por Keiko Fujimori, Jaime Yoshiyama, entre otros, luego de emitirse una sentencia. En febrero, además, la entidad sostuvo que la reparación civil que podría pedir a favor del Estado y que pagarían los eventuales sentenciados sería de S/36.934.749. Este monto y la misma presencia de la Procuraduría quedan ahora paralizados.

La Sala advirtió varios errores en la decisión de Zúñiga de febrero pasado: “No se aprecia que el juez de instancia haya delimitado con claridad los temas materia de discusión y sobre los cuales debe decidirse”. Además, el tribunal hizo hincapié en que tampoco se especificaron “el/los delito/s por los que dio por constituida en actor civil a la Procuraduría Pública”.

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En resumen, la Segunda Sala concluyó que se había violado el debido proceso, la debida justificación de las resoluciones y que debió establecerse un marco específico de hechos al determinarse la incorporación de la Procuraduría de Lavado de Activos al caso contra Keiko Fujimori por los aportes ilícitos de Odebrecht y otros empresarios a sus campañas presidenciales del 2011 y 2016.

Es necesario recalcar, sin embargo, que el tribunal deja abierta la posibilidad de que se subsanen estos errores, por lo que el juez Zúñiga puede convocar a audiencia en las próximas semanas para definir la presencia de la Procuraduría en el caso Cócteles.

Audiencias continuarán en enero

Debido a la decisión del tribunal que deja fuera del proceso a una parte representativa del Estado, las defensas de Giulliana Loza y Carmela Paucará solicitaron este martes que se reprogramen las audiencias de control de acusación (fase previa al juicio oral) hasta que se defina la presencia de la Procuraduría.

El juez Víctor Zúñiga acogió este pedido y calculó que, aproximadamente en quincena de enero de 2022 podría convocar a una audiencia para definir la incorporación de la Procuraduría de Lavado con el fin de reanudar pronto las sesiones y seguir revisando la acusación que presentó el fiscal Domingo Pérez el 11 de marzo de este año.

En aquella ocasión, Pérez pidió 30 años de cárcel para Keiko Fujimori y también para el “núcleo duro” de la presunta organización criminal: Pier Figari, Ana Herz y Vicente Silva Checa.

Jaime Yoshiyama, uno de los receptores del USD1.000.000 que Odebrecht entregó para la campaña de Fuerza 2011, José Chlimper y Adriana Tarazon también figuran como acusados a los que se les podría dictar 30 años de prisión.

La acusación fiscal contempla, en total, los siguientes delitos: organización criminal, asoción ilícita, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración y falsedad genérica.

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