Política

Diplomáticos cesados por Fujimori piden se les reconozca CTS completa

Irregular. Denuncian que Cancillería solo les ha reconocido este beneficio desde que fueron repuestos en el 2000, y no sus años anteriores de servicio.

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Un grupo de embajadores cesados en 1992, tras el golpe de Estado de Alberto Fujimori, enviaron una carta al presidente de la República, Martín Vizcarra, para denunciar que el Ministerio de Relaciones Exteriores no les reconoce el pago de su Compensación por Tiempos de Servicios (CTS) por el periodo que trabajaron antes de su arbitraria salida.

Los diplomáticos fueron restituidos en el 2000, al restablecerse la democracia con el gobierno de Valentín Paniagua, y al jubilarse recibieron su CTS contabilizada solo a partir de su reincorporación. Sin embargo, el tiempo anterior a su despido ilegal no ha sido considerado para la cancelación de este beneficio.

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La carta está firmada por los embajadores en situación de retiro José Luis Pérez Sánchez Cerro, Guillermo Russo Checa, Santiago Marckovich Monasi y el ministro consejero Óscar Barrenechea Núñez del Arco. Ellos trabajaron alrededor de 40 años en el servicio diplomático.

En el oficio le recuerdan al mandatario que, de acuerdo a la Resolución Suprema 557-2000-RE, se declaró nulo todos los actos derivados de la Resolución Suprema 453-RE-92, por la cual se separó de sus funciones ilegalmente al personal diplomático y, por lo tanto, no puede tener ningún efecto en la anulación del pago de su CTS correspondiente al referido periodo.

“Lo que nos están aplicando es un segundo cese discriminatorio que atenta lamentablemente contra el debido proceso. Vemos este tema como una violación de nuestros derechos, como una afrenta. Estamos hablando de más de 20 años y todavía impera en la Cancillería el abuso del derecho”, sostuvo, desde Canadá, Guillermo Russo.

En febrero pasado, la Defensoría del Pueblo envió un oficio a la oficina de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores, respondiendo su pedido de opinión técnica legal sobre el cálculo de la CTS. Le responde que la reincorporación ante un despido nulo no crea una nueva relación laboral sino que restituye el vínculo interrumpido irregularmente. Por lo tanto, el cálculo de la CTS debe realizarse con base en la duración total de la relación laboral. Asimismo, recomienda al Gobierno una salida concertada que respete los derechos constitucionales de los afectados y que evite un gasto mayor al erario público.

En vista de que las demandas de estos diplomáticos no han sido atendidas, han presentado ante la Defensoría del Pueblo una queja contra el Ministerio de Relaciones Exteriores para que restablezcan sus derechos.

Los diplomáticos también han enviado cartas a los presidentes de las comisiones de Relaciones Exteriores y de Constitución y Reglamento del Congreso con la finalidad de exponer su situación.

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