Daniel Urresti sobre APP y Acción Popular: “Ha nacido el nuevo fujiaprismo”

El vocero de Podemos Perú, Daniel Urresti, criticó a la Mesa Directiva del Congreso por suspender la segunda votación sobre los impedimentos para postular, pese a que su bancada anunció que votaría en contra.

Daniel Urresti
Daniel Urresti

Luego de que el Pleno del Congreso decidiera suspender la segunda votación de la reforma que prohibiría a sentenciados por delito doloso en primera instancia postular a cargos de elección popular y cargos de confianza en el sector público, el congresista Daniel Urresti se pronunció en sus redes sociales.

El vocero de la bancada Podemos Perú utilizó su cuenta de Twitter para enviar un singular calificativo hacia los partidos cuyos miembros conforman la Mesa Directiva del Legislativo, encabezada por Manuel Merino de Lama, de Acción Popular.

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“Lo advertimos: La mesa directiva del Congreso controlada por Acción Popular y Alianza Para el Progreso (APP) frustraron la votación para prohibir que los sentenciados postulen. Ha nacido el nuevo fujiaprismo”, expresó.

Podemos Perú y Unión Por el Perú se opusieron

Sin embargo, fue justamente la agrupación liderada por Urresti que, junto con Unión por el Perú, dejaron en claro que cambiarían su postura con respecto a la primera votación, realizada el domingo 5 de julio, esta vez oponiéndose a la iniciativa, posición que solo había adoptado la bancada de Fuerza Popular.

El último domingo, Urresti justificó la decisión alegando que estos cambios debían pasar por el Consejo Consultivo de la Comisión de Constitución para ser aprobados, por lo que si se ponían a votación, la posición del partido no sería a favor, ni en contra.

En la sesión del martes, en una de sus intervenciones, el exministro del Interior afirmó que intentaba bloquearse la votación “siguiendo las consignas que reciben desde Palacio de Gobierno”.

Finalmente, tras el debate, y sin los 87 votos requeridos, el presidente del Congreso optó por suspender la sesión.

¿Qué cambios se darían en la Constitución si se aprueba esta reforma?

Artículo 34-A.- Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.

Artículo 39-A: Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso.

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