Política

TC: admiten a trámite la demanda del Ejecutivo contra norma que suspende el cobro de los peajes

El Congreso tendrá hasta 30 días hábiles para contestar. El procurador del Estado, Luis Huerta, dijo que no se debería esperar hasta el final del plazo y demandó una respuesta pronta.

Hora punta. El atolladero empieza en el peaje de la autopista y llega hasta Huachipa. (Foto: Michael Ramón)
Hora punta. El atolladero empieza en el peaje de la autopista y llega hasta Huachipa. (Foto: Michael Ramón)

El Tribunal Constitucional (TC) admitió ayer martes, por unanimidad, la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ejecutivo para dejar sin efecto la ley aprobada por insistencia en el Congreso, por la cual se suspende el cobro de peajes mientras dure la emergencia nacional debido a la pandemia.

El ponente es el magistrado Augusto Ferrero. Ahora, el Poder Legislativo tendrá hasta 30 días hábiles para responder.

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Desde el TC se informó que la demanda cumple con los requisitos señalados por el Código Procesal Constitucional, como son: el presidente de la República ha sido autorizado por el Consejo de Ministros, se ha presentado dentro del plazo máximo de seis años y se indican los fundamentos en que se sustenta la pretensión. “Por consiguiente, corresponde admitir la demanda y correr traslado al Congreso de la para su contestación”, añadieron las fuentes de la institución.

En conversación con La República, el procurador público representante del Ejecutivo, Luis Huerta, saludó que el TC haya dado admitido el recurso de “manera pronta” y dijo esperar que el Congreso también responda rápidamente, sin necesidad de esperar hasta el final del plazo legal.

“Lo importante es invocar al Legislativo para que responda rápidamente. No hay justificación para que se tomen mucho tiempo. Los argumentos ya se conocen, ha habido un debate público”, señaló.

Tribunal Constitucional

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Hay un asunto importante que debe tomarse en cuenta. La cuarentena -si es que no hay una prórroga de la misma- vencerá el 30 de este mes. Cuando eso ocurra, la norma que prohíbe el cobro de peajes ya no tendrá efecto. Sin embargo, Huerta advirtió que lo que decida el TC será importante de cara a las conversaciones que las empresas concesionarias afectadas tendrán con el Ejecutivo en la búsqueda de un acuerdo.

Además, dijo Huerta, será la primera ley aprobada por el nuevo Congreso sobre la cual el TC emitirá un pronunciamiento.

Argumentos

Cabe señalar que el recurso se sustenta sobre la base de tres criterios. El más relevante es el que tiene que ver con el artículo 137 de la Constitución, que establece la competencia del Ejecutivo para decretar los estados de emergencia y dictar las medidas que considere pertinentes. Esto significa que uno de los argumentos es que el Parlamento habría ido más allá de sus funciones con la norma. Los otros dos artículos constitucionales invocados son el 58, que reconoce que el Estado puede intervenir en ciertas áreas como la infraestructura vial para el desarrollo del país, y el 62, que establece que las leyes no pueden modificar los términos contractuales.

Magistrado. Augusto Ferrero Costa habló sobre sus reuniones.

Magistrado. Augusto Ferrero Costa habló sobre sus reuniones.

Luego de que el Congreso responsa se convocará a la vista de la causa para que ambas partes expongan sus respectivos argumentos. Y el TC tendrá que definir un día para debatir y votar.

El gobierno ha advertido que de los 79 peajes que operan a nivel nacional, se suspendió el cobro en 56 los que, o son manejados por el Estado o son cofinanciados con la empresa privada. Así, la ley que es motivo de cuestionamientos solo afecta a 23 peajes privados, repartidos entre seis concesiones.

De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), estas concesionarias dejarán de ofrecer sus servicios de mantenimiento, limpieza y grúa. Aquellos deberán ser asumidos por el Estado. La ministra María Antonieta Alva dijo que el monto ascendería a unos 700 millones de soles.

Un segundo asunto que preocupa en el MEF es que se les está dando a estas concesionarias la opción de acudir al CIADI. No es solo que tengan esa posibilidad, sino que la eventual denuncia contra el Estado podría incluir la exigencia de que se les retribuya el 100 % de las ganancias perdidas por causa de la emergencia.

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