Puno: Walter Aduviri sentenciado con los argumentos del Andahuaylazo
CONTROVERSIA. Magistradas que emitieron fallo condenatorio a aún gobernador lo hicieron bajo las premisas con que se condenó a Antauro Humala por la muerte de cuatro policías en el 2005.
Liubomir Fernández
El gobernador regional de Puno, Walter Aduviri Calisaya, fue sentenciado bajo los mismos criterios que se usaron para condenar a quienes lideraron la asonada del Andahuaylazo (Apurímac), el 1 de enero del 2005.
Aduviri se encuentra recluido en el penal de Yanamayo para cumplir la pena de seis años como coautor no ejecutivo del delito de disturbios. Esto por la quema de locales públicos y privados ocurrida en el Aimarazo, conflicto que estalló en 2011 en rechazo a las concesiones mineras.
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El caso fue resuelto por las magistradas Kety Neyra Calderón, Katherine Reyna Cáceres y Shirlay Flores Meléndez. Ellas utilizaron la figura legal de organización militar que unía a los etnocaceristas, liderada por Antauro Humala Tasso, para argumentar la pena contra Aduviri. Y es que el exdirigente aimara encabezó la paralización en rechazo a la minería.
Las juezas usaron el mismo razonamiento con que se juzgó a Humala, a quien se sentenció como coautor del delito de homicidio por el asesinato de cuatro policías. Si bien Humala no disparó, este habría tenido el dominio del hecho delictivo debido a que el motín habría tenido el propósito de causar las muertes.
Bajo ese mismo criterio, el aún gobernador regional se encuentra recluido. Si bien la resolución del caso precisa que Aduviri no quemó locales; sí le encuentran responsabilidad por liderar la protesta aimara. Es decir, por su condición de dirigente en ese entonces.
En el documento de más de 100 páginas, se precisa que el “aporte esencial” de Aduviri en la quema de locales habría sido estar comunicado vía celular con los autores, que vendrían a ser sus otros 28 coimputados.
Sin embargo, estos fueron absueltos de todo cargo por el mismo delito en el primero de los procesos por el Aimarazo. Hay que señalar que las magistradas no dejaron establecido qué hablaba Aduviri, con quiénes se comunicaba y si daba órdenes.
El penalista José Villar opina que la sentencia es una aberración. Alegó que no se puede imputar a alguien de coautor no ejecutivo mientras no se determine al autor ejecutivo, ya que no se puede establecer el reparto de roles para cometer el delito. Añadió que en el derecho penal se sancionan los actos contra la ley y no los hechos o circunstancias de aparente delito.
Son varios
Otro aspecto relevante es que las juezas determinaron que el Frente de Defensa de los Recursos Naturales del sur de Puno no solo estuvo integrado por Aduviri, sino por varias personas. Sin embargo, a los otros dirigentes el Ministerio Público y el Poder Judicial no les encontró responsabilidad alguna por disturbios. Los absolvieron de todo cargo, mientras que la autoridad afrontó el proceso como responsable de todo.
No se precisa su rol el día de la violencia
El fallo precisa que el Aimarazo en Puno tuvo el propósito de quemar locales públicos. Por eso asumieron que Aduviri tuvo a su cargo la organización, dirección, planificación y coordinación de los hechos de violencia. Empero, no se precisa cuál fue su rol determinante el día de los hechos, ni cuál fue el reparto de roles con los ejecutores.
José Villar dice que las juezas aplicaron mal el derecho porque sus premisas no guardan relación con los hechos en materia de juicio. Añadió que el fallo deja mucho que desear.