Fallo de Corte Suprema señala que hombre de prensa ejerció válidamente su derecho a la libre expresión, en el marco de la querella que le interpuso la periodista Martha Meier Miró Quesada. ,La Corte Suprema confirmó la absolución del periodista Rafael León en la querella por difamación que le interpuso Martha Meier Miró Quesada. Esta decisión se da en última instancia por la Sala Penal Permanente. PUEDES VER Rafo León: sentencian a periodista a pagar 6 mil soles y pasar periodo de prueba de un año | VIDEO Todo inició el pasado 20 de julio de 2014 cuando Rafo León publicó en la revista Caretas una columna bajo el título “¿Qué hacemos con la primita?”. Ante ello, Meier Miró Quesada denunció que en dicho texto se utilizaron palabras y frases insultantes y vejatorias sobre su persona. Sin embargo, la Corte Suprema sostiene que no ha existido en el artículo de León, “elementos como la sorna, desdén, insidia, humillación, misoginia y violencia de género” como alegó la demandante. También señala que el referido artículo fue escrito en respuesta a una columna de publicada en El Comercio el 16 de julio de 2014, bajo el título “El síndrome de Susy”. En esta, la periodista Martha Meier hizo una crítica a la gestión de la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán. Por tal razón, la Sala Penal Permanente sostiene que la periodista “al emitir una crítica de contenido político” la convierte en personaje público, lo cual significa que también está expuesta “a soportar críticas de esa índole”. Esta absolución se da luego de que, el 29 de agosto de 2016, la Sexta Sala Penal de Reos Libres de la Corte de Lima revocara la sentencia emitida el 3 de mayo del mismo año del 42 Juzgado Penal de Lima que se reservó el fallo condenatorio por el plazo de un año contra Rafo León y le impuso el pago de S/ 6 mil de reparación civil.