Judicialidad

Jueza de unidad de flagrancia dicta siete meses de prisión preventiva para sujeto por presuntos tocamientos indebidos a una menor de diez años

Un hombre fue aprehendido el 05 de enero en Sullana tras presuntamente realizar tocamientos indebidos a una menor en una bodega. Los vecinos lo detuvieron hasta la llegada de la policía.

La magistrada declaró fundado el requerimiento fiscal al encontrar pruebas sólidas, incluyendo la declaración de la menor en cámara Gesell, que describió el hecho de forma coherente.
La magistrada declaró fundado el requerimiento fiscal al encontrar pruebas sólidas, incluyendo la declaración de la menor en cámara Gesell, que describió el hecho de forma coherente.

El tercer juzgado de investigación preparatoria transitorio de Flagrancia de Sullana que despacha la jueza Silvia Alejandra Rodríguez Guerra ordenó siete meses de prisión preventiva contra Segundo Peña Ramos por el presunto delito de violación sexual, tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores, en perjuicio de una niña de diez años.

Según requerimiento fiscal el investigado el 05 de enero cerca de las 9 de la noche fue aprehendido por vecinos del sector invasión “Mama Rosa” – Sullana a inmediaciones del hospital nuevo, luego que dos horas antes en una bodega cercana había presuntamente hecho tocamientos indebidos a la menor agraviada, que había llegado a comprar. De inmediato fue llevado a la comisaría del sector, quedando detenido por hallarse en flagrancia delictiva.

El procesado enfrentará una posible pena de 9 a 15 años por el delito, y permanecerá en el penal de Piura durante siete meses mientras se lleva a cabo su juicio oral.

El procesado enfrentará una posible pena de 9 a 15 años por el delito, y permanecerá en el penal de Piura durante siete meses mientras se lleva a cabo su juicio oral.

La magistrada declaró fundado el requerimiento fiscal al hallar fundados y graves elementos de convicción como la declaración anticipada en cámara Gesell donde describe de manera coherente y firme la forma cómo se habría producido el ilícito penal, y la afectación psicológica, compatible a hechos motivo de investigación.

Ha considerado también la prognosis de pena prevista en el artículo 176 A del Código Penal que precisa que la persona que hace tocamientos en partes íntimas a una menor será sancionada con una pena no menor de nueve, ni mayor de 15 años. La jueza dispuso el traslado policial del procesado al penal de Piura donde permanecerá por espacio de siete meses, mientras dura su juicio oral.

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