Juzgado Colegiado de Flagrancia de Sullana condenó a 35 años de cárcel a dos acusados de robar con arma de fuego celulares a tres universitarias
El Primer Juzgado Penal Colegiado de Flagrancia de Sullana condenó a Jean Pierre Iván Tineo Suárez y Juan Carlos Escobar Rosas a 35 años de cárcel por robo agravado a tres universitarias.

El Primer Juzgado Penal Colegiado Conformado de Flagrancia de Sullana condenó a los acusados Jean Pierre Iván Tineo Suárez y Juan Carlos Escobar Rosas a la pena de treinta y cinco años de cárcel efectiva al haberlos hallado culpables en calidad de coautores del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado de tres universitarias, una de ellas menor de edad. Se dispuso, además una reparación civil de 900 soles, a favor de cada una de las agraviadas.
Los hechos se registraron la mañana del 11 de junio del 2025 cuando efectivos policiales de la comisaría de Nueva Sullana, tras tener conocimiento que una mototaxi con dos sujetos uno de ellos encapuchado, venían asaltando a estudiantes de la UNF, se desplazaron al lugar logrando intervenir tras darse a la fuga a Augusto Tineo (que iba como pasajero) con dos celulares en su poder; mientras el conductor Juan Escobar tras una persecución, se le incautó otro equipo telefónico. En el registro vehicular se halló también un pasamontaña color negro.

Las juezas Líder Facundo, María Jacinto y Karla Gaona fundamentaron la condena en pruebas contundentes. Fuente: Difusión.
Las juezas especializadas Líder Facundo, María Jacinto y Karla Gaona concluido el juicio oral consideran que existen suficientes pruebas desarrolladas en el juicio oral que vinculan a los procesados con este tipo de delitos, tipificado en los artículos 188 y 189° del Código Penal. Se ha probado que los tres celulares decomisados pertenecían a las tres universitarias que denunciaron el robo.
Y respecto a la pena a imponerse sería de treinta años como mínimo, por el delito de robo agravado, con los agravantes como el uso de la fuerza y con arma de fuego. Por tratarse de un concurso real de delitos como es la pluralidad de delitos (fueron dos hechos de robo agravado independientes y que han sido los mismos autores), corresponde la pena de 35 años de pena privativa de la libertad.


















