Unidad de Flagrancia emite condena efectiva para reincidente por hurto agravado

La Unidad de Flagrancia de la Corte del Santa condenó a Jairo Baca Pineda y Jesús Medina Liñán por hurto agravado en Chimbote. La sentencia resalta la eficacia del sistema en casos de delitos recientes.

Los hechos ocurrieron el 18 de febrero de 2026, cuando la víctima, Georgina Villanueva, fue asaltada cerca de su casa. Fuente: Difusión.
Los hechos ocurrieron el 18 de febrero de 2026, cuando la víctima, Georgina Villanueva, fue asaltada cerca de su casa. Fuente: Difusión.

La Unidad de Flagrancia de la Corte del Santa emitió una sentencia condenatoria inmediata en el proceso seguido contra Jairo Adrián Baca Pineda y Jesús Adrián Medina Liñán, por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de hurto agravado, en agravio de Georgina Villanueva Huamán. El caso fue resuelto mediante terminación anticipada, evidenciando la celeridad y eficacia con la que opera este sistema frente a delitos cometidos en flagrancia.

De acuerdo con los hechos, el pasado 18 de febrero de 2026, al promediar las 5:44 p. m., la agraviada fue interceptada cerca a su vivienda, en la Urb. El Trapecio de Chimbote. Uno de los imputados descendió de un vehículo y tras sujetarla de las manos le arrebató su celular, dándose luego a la fuga a bordo de la unidad que era conducida por su cómplice. Gracias a las diligencias inmediatas y a la intervención policial al día siguiente, ambos fueron detenidos en flagrancia.

Mediante Resolución N.° 02, de fecha 23 de febrero de 2026, la jueza Krist Diaz Gonzales, a cargo del 2° JIP de la Unidad de Flagrancia, condenó a Jairo Baca Pineda a seis años y ocho meses de pena privativa de la libertad efectiva, la cual se computa desde el 19 de febrero de 2026 y vencerá el 18 de octubre de 2032, disponiéndose su internamiento en establecimiento penitenciario.

Cabe precisar que el sentenciado cuenta con antecedentes penales y había salido del penal en diciembre de 2025 tras cumplir condena por el delito de robo, configurándose así una situación de reincidencia. En tanto, Jesús Adrián Medina Liñán quien carecía de antecedentes penales, fue condenado a tres años y cuatro meses de pena privativa de la libertad suspendida por el periodo de prueba de tres años, sujeta a reglas de conducta. Asimismo, se fijó en mil soles el monto de reparación civil que deberán pagar de manera solidaria a favor de la agraviada.

Este nuevo resultado reafirma el trabajo articulado de la Unidad de Flagrancia, que permite obtener sentencias en plazos breves, garantizando una respuesta oportuna frente al delito y contribuyendo a fortalecer la seguridad ciudadana y la confianza en la administración de justicia.

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