Judicialidad

Sala Penal de Apelaciones confirma condena a 35 años de cárcel a individuo que mató a obrero y dejó con heridas graves a otras dos personas

La Sala Penal de Apelaciones de Sullana ratifica la condena de 35 años contra Eduardo José Carrera Arámbulo por homicidio calificado y tentativa de homicidio.

Los testimonios coherentes de los sobrevivientes fueron clave para identificar al acusado. Fuente: Difusión.
Los testimonios coherentes de los sobrevivientes fueron clave para identificar al acusado. Fuente: Difusión.

La Sala Penal de Apelaciones con funciones de Liquidadora de Sullana confirmó la condena de treinta y cinco años de pena privativa de la libertad a Eduardo José Carrera Arámbulo, como coautor del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la figura de homicidio calificado, en agravio del obrero Jim Cristhian Guayama Cruz (ilícito consumado) así como de Marlon Aníbal Barreto Baca y Geiser Adderly Farfán Lizama, en grado de tentativa. Se fijó como reparación civil la suma de 50 mil soles en favor de los agraviados.

Según la acusación fiscal los hechos se registraron el 26 de enero del 2024, cuando los agraviados se dirigían por la avenida El Niño en el sector de Nueva Sullana y fueron interceptados por un mototaxi de donde un sujeto (que iba como pasajero) efectuó disparos al conductor, así como una moto lineal de donde descendió el acusado y efectuó varios disparos, a los ocupantes, causando la muerte de uno de ellos, dejando con heridas graves a los otros dos. Cuatro meses después José Carrera fue detenido, en un operativo policial, disponiendo el primer juzgado de investigación preparatoria 9 meses de prisión preventiva.

Los jueces superiores consideran que los testimonios persistentes y coherentes de los agraviados sobrevivientes, quienes identificaron al acusado como uno de los autores materiales del hecho, describen el mismo modo de actuación: el arribo de un mototaxi y de forma posterior una motocicleta, la apertura inmediata del fuego y la posterior huida. Se precisa que las versiones de los agraviados sobrevivientes fueron reiteradas y no presentan contradicciones relevantes.

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