Juzgado de Paz Letrado en Familia implementa buena práctica para hacer efectivo el pago de pensiones alimenticias
A través de audiencias especiales se logra concretar cancelación de deudas alimentarias.

Una buena práctica judicial orientada a lograr el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias viene implementando el Segundo Juzgado de Paz Letrado en Familia del Santa, a cargo del juez Moisés Heras de la Cruz, mediante la realización de audiencias especiales en los procesos de ejecución de alimentos.
Esta iniciativa se aplica cuando, existiendo una liquidación de pensiones devengadas, el juez advierte que el obligado mantiene una voluntad concreta de cumplir con el pago de la deuda. En estos casos, se genera un espacio judicial que permite concretar el pago y establecer compromisos para la cancelación del saldo pendiente.
Un ejemplo de esta práctica se registró el pasado 25 de agosto durante una audiencia de un proceso cuya deuda alimentaria había sido liquidada inicialmente en S/ 7,692.90. Luego de efectuarse pagos a cuenta, el saldo pendiente ascendía a S/ 1,792.90.
Durante la audiencia especial, el obligado acudió con S/ 1,235, monto que fue entregado directamente a la demandante. De esta manera, quedó un saldo de S/ 557.90, respecto del cual se estableció el compromiso de ser cancelado en el plazo de una semana.
El compromiso fue cumplido dentro del plazo acordado. En consecuencia, una vez acreditado el pago total, el juez emitió la resolución correspondiente declarando cancelada la deuda alimentaria.
Esta buena práctica busca que la ejecución de las decisiones judiciales tenga un resultado concreto para quienes esperan el cumplimiento de una pensión de alimentos, promoviendo soluciones que permitan hacer efectiva la obligación alimentaria cuando existe voluntad de pago.
De esta manera, este órgano jurisdiccional busca ejecutar las sentencias y garantizar una tutela judicial efectiva, teniendo como eje fundamental el interés superior del niño.
Finalmente, el magistrado explicó que el incumplimiento del pago de las pensiones alimenticias puede generar la remisión de copias al Ministerio Público para iniciar un proceso penal por omisión a la asistencia familiar, lo que implica una nueva vía y mayor tiempo de trámite. Por ello, esta práctica busca favorecer el cumplimiento oportuno de la obligación alimentaria, priorizando el interés superior del niño.
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