Unidad Piloto de Flagrancia: condenan a dos mujeres que intentaron sustraer carteras de la tienda Saga Falabella de Cajamarca

La jueza del Segundo Juzgado de Cajamarca dictó pena privativa de libertad suspendida a Dayani Rojas y Diana Rojas por hurto agravado en Saga Falabella.

La pena incluye un período de prueba de un año, donde deberán registrarse mensualmente. Fuente: Difusión.
La pena incluye un período de prueba de un año, donde deberán registrarse mensualmente. Fuente: Difusión.

La jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cajamarca impuso pena privativa de libertad suspendida a Dayani Yadira Rojas Chávez (18) y Diana Yesenia Rojas Camán (27), tras encontrarlas responsables del delito de hurto agravado en agravio de la tienda por departamento Saga Falabella, ubicada en el centro comercial Mega Plaza de Cajamarca.

Ambas sentenciadas deberán cumplir reglas de conducta durante el periodo de suspensión de la pena y pagar una reparación civil a favor del establecimiento agraviado.

Según las investigaciones del Ministerio Público, el hecho ocurrió el 8 de octubre de 2025, alrededor de la 1:18 de la tarde, cuando las acusadas ingresaron a la tienda Saga Falabella con la finalidad de sustraer mercadería. De acuerdo con las imágenes de video vigilancia, actuaron en conjunto para apoderarse de dos carteras marca Cros Body (una negra y una beige), que ocultaron dentro de un bolso personal antes de intentar salir por la puerta principal.

La acción fue advertida por el personal de seguridad del establecimiento, quien al notar el comportamiento sospechoso de las mujeres dio aviso inmediato a su coordinador y solicitó la intervención policial, logrando su detención en flagrancia cuando no pudieron acreditar los comprobantes de pago de los artículos sustraídos.

En audiencia judicial, la magistrada determinó que Diana Yesenia Rojas Camán cumpla un año, seis meses y seis días de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, mientras que Dayani Yadira Rojas Chávez fue sancionada con un año y tres meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución, ambas con un periodo de prueba de un año.

Durante ese periodo deberán registrarse mensualmente en el control biométrico de procesados y sentenciados libres de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, no ausentarse de su domicilio sin autorización judicial y no volver a cometer delito doloso, bajo apercibimiento de revocarse la suspensión de la pena y hacerse efectiva la condena.

La sentencia fue dictada de manera célere como parte de la implementación de la Unidad Piloto de Flagrancia en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, en coordinación con el Ministerio Público, representado por el fiscal Luis Martín Lingan Cabrera del Cuarto Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

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