Economía

Si un familiar fallece y tiene sus ahorros en Perú, ¿el banco puede quedarse con ese dinero?

Los familiares de los usuarios de entidades financieras deben conocer qué sucede con los ahorros en caso de fallecimiento. ¿Puede el banco quedarse con el dinero ahorrado de un fallecido?

¿Qué sucede con los ahorros de una persona fallecida en Perú? Foto: Composición LR/Andina.
¿Qué sucede con los ahorros de una persona fallecida en Perú? Foto: Composición LR/Andina.

Cuando un ciudadano fallece en Perú y se tiene conocimiento de que la persona tenía dinero ahorrado en una entidad bancaria, es importante aclarar qué sucede con esos fondos. En este sentido, es fundamental entender si el banco puede quedarse con el monto que ahorró o el dinero podría retornar a los familiares.

En esa línea, es importante conocer qué sucede en este tipo de casos. En esta ocasión, no te lo explicamos por la seguridad financiera de todas las personas.

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¿El banco puede quedarse con tu dinero si falleces en Perú?

Según Eduardo Chávez, gerente general legal de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros (Apeseg), en una entrevista con La República, el banco no se apropia del dinero de un ahorrista que fallece. En caso de este lamentable suceso, los familiares deben presentar una sucesión intestada o una declaratoria de herederos. Una vez realizada la declaratoria, los herederos legales podrán acceder a los fondos que la persona mantenía en la entidad bancaria.

“Si eres un ahorrista del banco y lamentablemente falleces, ese dinero no se lo va a quedar el banco. Lo que tienen que hacer los familiares es presentar la sucesión intestada, o llamada también declaratoria de herederos, y una vez que se presente la declaratoria, los herederos legales del banco van a poder acceder al dinero de quien en vida mantuvo sus ahorros”, detalló Chávez.

Seguro de desgravamen: ¿cuál es su importancia en causa de deudas?

El seguro de desgravamen es una protección financiera que brinda cobertura en situaciones adversas, como el fallecimiento o la invalidez total y permanente del asegurado. Esta garantía proporciona tranquilidad a los herederos, eximiéndolos de la responsabilidad de liquidar la deuda en caso de que el titular del crédito se enfrente a circunstancias difíciles.

“Si el titular de la tarjeta o del préstamo por alguna circunstancia fallece —ya sea de muerte natural o muerte accidental— o queda en un estado de invalidez permanente total y no puede generar ingreso, la compañía de seguros se va a hacer cargo de la deuda que mantenía esta persona (...). Es decir, los familiares no van a tener que pagar absolutamente nada”, menciona Chávez.

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