Sunat extiende hasta 2025 sanciones por falta de Guía de Remisión Electrónica
La Sunat extendió hasta junio de 2025 el plazo para que los contribuyentes puedan emitir la Guía de Remisión Electrónica sin ser sancionados.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) ha decidido prolongar hasta el 30 de junio de 2025 la suspensión de sanciones para los contribuyentes obligados a generar la Guía de Remisión Electrónica (GRE). Esta medida busca facilitar la transición al sistema digital, brindando a miles de usuarios más tiempo para adaptarse sin enfrentar penalidades inmediatas.
Desde su implementación progresiva en enero de 2023, las GRE han permitido a más de 422.000 contribuyentes reducir tiempos y costos en el traslado de bienes. Sin embargo, muchos transportistas y remitentes aún utilizan formatos físicos, lo que motivó la ampliación del plazo para el cumplimiento obligatorio de esta disposición.
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¿Qué sanción eliminó la Sunat para quienes no emitan la Guía de Remisión Electrónica?
Hasta el 30 de junio de 2025, Sunat no aplicará sanciones de decomiso de bienes ni internamiento temporal de vehículos a contribuyentes que no emitan la GRE. En lugar de sanciones inmediatas, se emitirán actas preventivas que notifiquen el incumplimiento, siempre que los transportistas cuenten con una guía de remisión física durante el traslado de bienes.
Esta disposición fue oficializada mediante la Resolución N.º 000046-2024-SUNAT/700000, publicada en el diario oficial El Peruano. Cabe destacar que esta medida no elimina las obligaciones de emitir GRE para productos específicos como azúcar, alcohol etílico y arroz pilado, que están sujetos a control más estricto según el Reglamento de Comprobantes de Pago.
¿Qué sanciones evita Sunat con esta medida y a quiénes beneficia?
La prórroga evita que contribuyentes obligados a emitir GRE enfrenten multas administrativas severas o la confiscación de bienes. Esta iniciativa beneficia especialmente a transportistas y empresas que aún no han migrado completamente al sistema electrónico.
El objetivo principal es permitir una transición más fluida hacia la emisión digital obligatoria. Desde el 1 de enero de 2024, todos los contribuyentes que transportan bienes dentro del territorio nacional están obligados a emitir la GRE, por lo que este plazo adicional les otorga tiempo para adaptarse y evitar sanciones.
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Productos que exigen obligatoriamente una Guía de Remisión Electrónica
A pesar de la flexibilidad otorgada por Sunat, algunos productos requieren estrictamente la emisión de la GRE Remitente para evitar sanciones. Estos bienes incluyen:
- Azúcar y alcohol etílico: regulados por la Resolución de Superintendencia N.º 183-2004.
- Arroz pilado: incluido en la Resolución de Superintendencia N.º 266-2004.
El traslado de estos productos sin la GRE Remitente podría derivar en sanciones inmediatas, dado que están sujetos a un control tributario más riguroso por su alta sensibilidad fiscal.

























