Economía

Familiares de fonavistas fallecidos pueden cobrar la devolución sin testamento: ¿qué documentos necesitan?

Los herederos deben presentar documentos que certifiquen su vínculo con el exaportante fallecido para retirar los aportes acumulados en el Banco de la Nación.

La Comisión Ad Hoc señala que existe un orden de sucesión entre los familiares del fonavista fallecido que buscan acceder a la devolución.  Foto: Andina
La Comisión Ad Hoc señala que existe un orden de sucesión entre los familiares del fonavista fallecido que buscan acceder a la devolución. Foto: Andina

A día de hoy, más de 144.000 exafiliados del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) esperan acceder la devolución de sus aportes. Sin embargo, debido a su avanzada edad, muchos fallecen sin haber recuperado el dinero que invirtieron con el objetivo de obtener a una vivienda durante su adultez. Como alternativa, los familiares de los fonavistas que han fallecido tienen la posibilidad de recibir a los aportes acumulados sin presentar un testamento.

Este procedimiento, administrado por la Comisión Ad Hoc, facilita que los herederos puedan retirar sus fondos en las agencias del Banco de la Nación. Para ello, es necesario que presenten los documentos que verifiquen su vínculo con el exaportante. Incluso, la legislación indica que existe una jerarquía entre los miembros de la familia para acceder a la devolución. A continuación, te contamos cuáles son los documentos necesarios para el trámite.

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¿Cuáles son los documentos que necesitan los familiares del fonavista fallecido para acceder a la devolución?

En primer lugar, el heredero debe confirmar si el fonavista fallecido figura en las listas disponibles hasta el momento. Esta verificación se puede realizar a través de la página web de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc. Así, el familiar tiene que asistir a una sede del Banco de la Nación con su Documento Nacional de Identidad (DNI) y una declaración jurada que certifique la condición de beneficiario. La documentación es:

  1. Partida de defunción del fonavista fallecido.
  2. Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, en caso el solicitante sea cónyuge.
  3. Partida de nacimiento, en caso sean los hijos.
  4. Partida de nacimiento del fonavista fallecido, en caso sean los padres.
  5. Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista beneficiario fallecido, en caso sean los hermanos.

Asimismo, la recuperación de los aportes del exafiliado no presenta un plazo de caducidad y el procedimiento que realicen los familiares es gratuito.

¿Cuál es el orden de sucesión entre los familiares del exaportante de Fonavi?

  1. Cónyuge o conviviente.
  2. Hijos
  3. Padres
  4. Hermanos
  5. Otras personas, de ser el caso, que aparezcan en el testamento o la sucesión intestada.

Reintegro 3: ¿quiénes serían los beneficiarios del padrón?

La Comisión Ad Hoc ha determinado que el padrón del Reintegro 3 estará conformado, en su mayoría, por exaportantes de entre 70 y 74 años, además de los familiares de fonavistas que han fallecido y que se encontraban en el rango de 80 a 92 años. De este modo, se busca priorizar la atención a aquellos individuos que se hallan en condiciones de mayor vulnerabilidad.

La nueva lista también incluirá a personas con discapacidad que están registradas en la base de datos de la Comisión, en colaboración con el Conadis. Esta medida busca garantizar que aquellos beneficiarios que se encuentren en situaciones más vulnerables obtengan el apoyo necesario para mejorar su calidad de vida.

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