Entregarán bonos de S/500 de arrendamiento para viviendas en estas regiones del Perú: requisitos y cómo saber si eres beneficiario
El Bono de Arrendamiento de vivienda para Emergencias consiste en la entrega de S/ 500 mensuales por dos años como máximo para que las familias afectadas puedan alquilar una morada segura.
Miles de familias peruanas de escasos recursos se ven afectadas cada año a causa de las precipitaciones pluviales como las lluvias, inundaciones y huaicos. En consecuencia, sus hogares son parcial o completamente destruidos, por lo que pasan a ser inhabitables. La situación se agrava debido a las dificultades para reconstruir sus casas o iniciar el levantamiento de una nueva.
Por ello, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) anunció una nueva entrega de los Bonos de Arrendamiento de vivienda para Emergencias (BAE) para las familias de los departamentos de Huánuco, Cusco, Amazonas y Arequipa. A continuación, te contamos cuáles son los requisitos de este apoyo monetario.
¿Cuáles son los requisitos del Bonos de Arrendamiento de vivienda para Emergencias?
El MVCS comunicó la cuadragésima tercera convocatoria del año para entregar 598 bonos, tal como indica la Resolución Ministerial N°426-2024-VIVIENDA. El BAE consiste en un subsidio de S/ 500 mensuales hasta por dos años con la finalidad de alquilar una nueva vivienda en una nueva zona segura, libre de precipitaciones pluviales.
Para ello, las familias deben confirmar que sus hogares se encuentran inhabitables o destruidos por completo, evaluado por el mismo MVCS e instituciones aliadas. El gobierno señaló que las familias de las siguientes provincias pueden postular al BAE:
- Marañón (Huánuco).
- Dos de Mayo (Huánuco).
- Leoncio Prado (Huánuco).
- Yarowilca (Huánuco).
- Pachitea (Huánuco).
- Huamalíes (Huánuco).
- Huánuco (Huánuco).
- La Convención
- Chumbivilcas (Cusco).
- Canchis (Cusco).
- Canas (Cusco).
- Paruro (Cusco).
- Bagua (Amazonas).
- Utcubamba (Amazonas).
- Caylloma (Arequipa).
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¿Qué se necesita para acceder al BAE?
Los potenciales beneficiarios deben presentar los siguientes documentos en las Municipalidades que se ubican dentro de las provincias anteriormente señaladas de la Resolución Ministerial N°426-2024:
- La solicitud de otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias.
- La declaración jurada de no contar con vivienda distinta a la colapsada o inhabitable ubicada en el departamento de origen.
- El contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
En la página oficial del MVCS, del Fondo MIVIVIENDA S.A., y en los locales de las municipalidades locales y Centro de Atención al Ciudadano (CAC) del MVCS se publicarán a los potenciales beneficiarios.