Incautarán chips de celulares que se vendan en la vía pública
Nueva ley establece también que las personas naturales y jurídicas que promuevan o intervengan en la comercialización, venta o contratación de servicios públicos móviles de telecomunicaciones de forma ambulatoria o en la vía pública serán responsables civil y administrativamente.
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El Poder Ejecutivo publicó hoy la Ley 31839, que establece medidas para fortalecer la lucha contra la venta y contratación de servicios públicos móviles de telecomunicaciones (chips) en la calle. Entre las principales modificaciones, figura la posibilidad de incautar estos dispositivos.
La norma amplía los alcances del decreto legislativo 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, y la Ley 27336 de desarrollo de las funciones y facultades del Osiptel.
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En adelante, las empresas operadoras estarán prohibidas de comercializar o contratar los servicios públicos móviles de telecomunicaciones de forma ambulatoria o en la vía pública, así como en lugares que no cuenten con una dirección específica reportada al Osiptel, salvo en las excepciones que este determine.
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Tampoco podrán omercializar o contratar los servicios públicos móviles de telecomunicaciones sin contar con la verificación biométrica de la huella dactilar del vendedor o persona natural que intervenga directamente en la contratación del servicio, ni con la verificación biométrica de la huella dactilar de la persona que adquiere dichos servicios en calidad de contratante.
Incautarán chips que se vendan en la calle
De otro lado, las personas naturales y jurídicas que promuevan o intervengan en la comercialización, venta o contratación de servicios públicos móviles de telecomunicaciones de forma ambulatoria o en la vía pública son responsables civil y administrativamente cuando participan con dolo o culpa en el planeamiento, realización, ejecución o control de dichas acciones.
El Ministerio Público, con el apoyo de la Policía Nacional del Perú, de oficio o en coordinación con Osiptel, está facultado para incautar y decomisar los SIM CARD que se comercialicen en forma ambulatoria o en la vía pública, así como en lugares que no cuenten con una dirección específica reportada al Osiptel, en atención a sus competencias.
Al término de estas diligencias, los bienes son puestos a disposición del Ministerio Público. La destrucción o inutilización dispuesta por esta institución se realiza con las debidas medidas de seguridad y levantando el acta respectiva.
"El Ministerio Público pone a disposición del Osiptel, para el cumplimiento de sus funciones, la información del SIM CARD que permita la identificación de los números de servicios asociados”, señala el documento.























