Sunat identificó a solo 250 influencers para pago de impuestos
De acuerdo con la entidad, los ingresos que los creadores de contenido generen a través de sus redes sociales estarán sujetos a renta de tercera categoría.
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), mediante el Informe n.º 000044-2022-SUNAT/7T0000, dispuso que los ingresos que generan las personas naturales domiciliadas en el Perú como influencers, por desarrollar actividades publicitarias, califican como rentas de tercera categoría y serán gravados con el 29,5% de lo que ganan por sus servicios.
Sin embargo, la entidad informó que tienen identificados solo a 250 influencers. No obstante, según un estudio realizado por la plataforma Influencity, existen más de 104.000 personas que se dedican a esta actividad en el país.
La Sunat también detalló que 50 de estos realizan movimientos financieros superiores a los S/ 80 millones por año.
¿Cuáles son los ingresos que califican como renta de tercera categoría?
El documento emitido por la Sunat precisa que estarán gravados por la renta de tercera categoría los pagos que reciban los influencers por:
- Los anunciantes: ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que producen y difunden en sus redes sociales.
- Las plataformas digitales en las que operan: por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.
- Sus seguidores en redes sociales: por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers.
- Monetizar el canal o plataforma digital con sus seguidores: autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos.