Precio del dólar hoy, 23 de abril
Economía

Osinergmin insiste en favorecer a cuatro empresas eléctricas

Desacato. Organismo supervisor eléctrico incumple sentencia de la Corte Suprema en contra de los usuarios.

Mercado eléctrico. La estructura de costos fijos favorece a unas cuantas empresas y a determinados productores. Los usuarios por hogar pierden millones. Foto: Virgilio Grajeda / La República
Mercado eléctrico. La estructura de costos fijos favorece a unas cuantas empresas y a determinados productores. Los usuarios por hogar pierden millones. Foto: Virgilio Grajeda / La República

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) pretende que el Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado (COES) incumpla la sentencia que obliga a las empresas productoras de electricidad a declarar los precios reales del gas natural que utilizan para su producción.

Las empresas que utilizan gas declaran un precio irreal cercano a cero, lo que genera una distorsión en perjuicio de los usuarios por hogar que pagan una energía eléctrica más cara, a favor de un conjunto de grandes empresas a las que se les vende la energía mucho más barata.

Corte Suprema

El 21 de setiembre del 2020, la Corte Suprema de Justicia notificó una sentencia en la que declara contraria a la Constitución esa distorsión de precios; sin embargo, hasta hoy Osinergmin busca reinterpretar el fallo judicial para mantener la situación vigente.

Pese a la posición del organismo supervisor, el 1 de febrero del 2021, el directorio del COES aprobó una propuesta de modificación de procedimiento técnico para que, conforme a lo que ordena el Poder Judicial, las empresas termoeléctricas a gas informen los costos reales de producción, incluidos los costos de suministro, transporte y distribución de gas.

Este es el mismo procedimiento que se emplea para determinar los precios de las productoras con petróleo, carbón u otro combustible. Ninguno de ellos tiene valores diferenciados, solo los productores de gas.

Usuarios

Se esperaba que Osinergmin apruebe esa propuesta en beneficio de los usuarios por hogar y para evitar una estructura de beneficios en pocas manos. El organismo supervisor tenía 30 días para pronunciarse.

La sentencia de la Corte Suprema establece que los costos de producción con gas no pueden ser considerados fijos, sino que son variables.

Extrañamente, el organismo supervisor que debería dar cumplimiento a la sentencia, como corresponde por ley, hace su propia interpretación y solo lee lo que le interesa para insistir con el modelo declarado inconstitucional.

El Osinergmin dice que los fundamentos de la sentencia no son vinculantes e insiste en una estructura de costos variables. “Osinergmin señala incorrectamente que dicha decisión judicial no contiene un pronunciamiento expreso vinculante sobre si los costos por la aplicación de las cláusulas take or pay o ship or pay deben ser incluidos en los costos variables asociados a la producción para la formación de los Costos Marginal”, anotan fuentes del mercado eléctrico.

Enfatizan que la sentencia precisó correctamente que “establecer costos fijos implica otorgarle a cierto sector eléctrico la posibilidad de modificar y… manipular el mercado a su conveniencia”.

Osinergmin insiste en desconocer la sentencia de la Corte Suprema estableciendo un esquema de precios, introduciendo nuevos calificativos, en favor de determinados productores eléctricos, a la que vez que perjudica a los usuarios. Una situación que debe cambiar.

Una insólita propuesta

Enfoque por Julio Arbizu, abogado y exprocurador

Osinergmin, en lugar de acatar los términos de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia en el sentido de que debe cesar la manipulación de los costos de producción, le sopló la pluma al COES. Como el COES emitió un informe señalando la necesidad del acatamiento de la sentencia, Osinergmin, que más parece el representante de las generadoras más importantes del país, ahora le señala al COES que su informe “no debió considerar vinculantes los fundamentos”, sino únicamente la parte resolutiva.

Insólito planteamiento, puesto que Osinergmin debe conocer que los fundamentos de una resolución judicial no pueden oponerse a ella, sino que, por el contrario, son una explicación de la decisión.

Osinergmin abdica de su obligación de ejercer de ente regulatorio, toma partido por algunas empresas del sector energético y deja en la precariedad a más de 6 millones de usuarios. ¡Una total insolencia!

Hasta ahora, hemos sido testigos de cómo el ente regulatorio ha sido capturado por el interés de grandes empresas que han infiltrado a sus propios representantes para que luego regresen al sector privado con el mayor descaro.

Esto tiene que acabar y Osinergmin debe cumplir y no resistirse.

Newsletter Economía LR

Suscríbete aquí al boletín de Economía LR y recibe en tu correo electrónico, de lunes a viernes, las noticias más relevantes del sector y los temas que marcarán la agenda.

Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y Periodismo. Gran Premio Nacional de Periodismo 2014. Premio Periodismo y Derechos Humanos 2016. Un reportero metido entre jueces, abogados, expedientes, la gente y sus vivencias. Editor Judicial.