Impuesto por bolsas plásticas se incluirán en las boletas de venta y facturas electrónicas
Desde el 1 de agosto el monto total por concepto del cobro deberá estar impreso junto con la sigla ICBPER.
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El Impuesto al consumo de bolsas de plástico de un solo uso en vigencia el próximo 1 de agosto, este importe deberá estar consignado en los comprobantes de pago, ya sean boletas de venta o facturas electrónicas, según indicó la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat)
El monto total del cobro deberá estar impreso junto con la sigla ICBPER.
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Asimismo, será obligatorio incluirlo en las facturas, boletas de venta y tickets emitidos por máquinas registradoras.
Mientras que están exceptuados de incluir los requisitos mínimos los emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) desarrollado desde los sistemas del contribuyente, el SEE Operador de Servicios Electrónicos (OSE) y el SEE Facturador Sunat hasta el 31 de marzo de 2020. Pero sí deberán consignar el importe total del ICBPER.
















