Se debe recordar que la Superintendencia de Banca y Seguros informó el último viernes que trabaja junto con las AFP en la reglamentación del nuevo REJA.,Tras casi un mes desde que se aprobó el nuevo Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), el Congreso publicó el último viernes la ley que puso en vigencia dicho régimen que permite a los ex aportantes retirar hasta el 95,5% de su fondo de AFP en caso de desempleo. No obstante, el nuevo REJA tiene varias modificaciones y cambios si se compara con el régimen que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del 2018. Por ello, el último viernes la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), informó que estaba preparando su reglamentación. PUEDES VER Aerolíneas: Proponen que plazo para pagar indemnización por pérdida de equipaje sea de 72 horas "La SBS en coordinación con todas las entidades involucradas en la Ley de Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) estamos trabajando en la elaboración del reglamento a fin de atender oportunamente a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones que se acojan a dicho régimen", explicaron en un comunicado. #SBSPerú informa sobre reglamento del Régimen Especial de Jubilación Anticipada #REJA #AFP pic.twitter.com/v4aOpmJmY4 — SBS PERU (@SBSPERU) 3 de mayo de 2019 Al respecto, este domingo, la Asociación Peruana de Ex Aportantes a la AFP exigió a la SBS que acelere con la publicación del reglamento, de lo contrario, se seguirá impidiendo a los interesados a acceder al REJA a retirar su dinero. "La SBS debió priorizar la reglamentación si ya sabía que esta ley iba a ser publicada. De todos modos basarse del reglamento operativo hasta el 2018 y hacer simplemente algunos ajustes. Esperamos que en el plazo de 48 horas, es decir, hasta el día martes, para que pueda publicarlo", declaró a La República el abogado ad honorem de la asociación, Alfredo Cabero Cabieses. Requisitos del nuevo REJA Retiro. Se permite retirar hasta el 95,5% del dinero del fondo y el 4,5% irá a Essalud. Edad. La edad mínima para acceder es 55 años cumplidos en el caso de los varones y 50 en el caso de las mujeres. Desempleo. Debe encontrarse desempleado durante 12 meses consecutivos o más. Ingresos. En caso el afiliado haya percibido ingresos de cuarta categoría, el valor total debe ser menor o igual al equivalente a 7 UIT, es decir, S/ 29.400.