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Revisa AQUÍ dónde se pueden realizar los pagos de los servicios públicos básicos en Bogotá

Los habitantes de la capital tienen a su disposición una red Cade para efectuar el pago de servicios públicos como agua, teléfono, gas y otros.

La Ley 142 de 1994 establece que el proveedor de servicios públicos domiciliarios debe interrumpir el servicio en caso de que el usuario no realice el pago correspondiente. Foto: Revista Gerente
La Ley 142 de 1994 establece que el proveedor de servicios públicos domiciliarios debe interrumpir el servicio en caso de que el usuario no realice el pago correspondiente. Foto: Revista Gerente

Según la Sentencia 066 de 1997 de la Corte Constitucional de Colombia, los servicios públicos domiciliarios se consideran esenciales para satisfacer las necesidades básicas de la población. Estos servicios son prioritarios en la gestión estatal, hasta el punto de constituir una de sus principales responsabilidades. Además, la sentencia establece que "indudablemente, una prestación ineficiente de los servicios públicos puede causar perjuicios a derechos de gran relevancia como la vida, la integridad personal, la salud, entre otros."

El Decreto 1842 de 1991 define a nivel nacional los servicios públicos domiciliarios, los cuales incluyen acueducto, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía local y de larga distancia tanto nacional como internacional, recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, y gas natural domiciliario.

Asimismo, el decreto especifica las definiciones de estos servicios según los siguientes decretos: 189 de 1988 (telefonía), 196 de 1989 (aseo), 951 de 1989 (acueducto y alcantarillado), 1555 de 1990 (energía eléctrica) y 700 de 1990 (gas).

En este marco, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios señaló que, de acuerdo con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, los prestadores de servicios públicos domiciliarios están obligados a suspender el servicio en caso de que el usuario no cumpla con el pago, siguiendo los términos establecidos en las condiciones uniformes del contrato de servicios públicos.

¿Dónde se puede pagar los servicios públicos básicos en Bogotá?

En Bogotá, los habitantes pueden pagar sus servicios públicos, como el agua, el teléfono, el gas y la electricidad, en varios puntos de la red CADE. Esta red ofrece diferentes opciones para realizar estos pagos de manera presencial. A continuación, se presenta una lista de SuperCADE y CADE donde se pueden pagar los servicios públicos domiciliarios en Bogotá:

SuperCades:

  • SuperCade 20 de Julio
  • SuperCade Américas
  • SuperCade Bosa
  • SuperCade CAD
  • SuperCade Manitas
  • SuperCade Suba
  • SuperCade Calle 13
  • SuperCade Engativá
  • SuperCade Social

Cades:

  • Bosa Despensa
  • Candelaria
  • Suba La Gaitana
  • Gaitana
  • La Victoria
  • Los Luceros
  • Muzú
  • Patio Bonito
  • Plaza de las Américas
  • Santa Helenita
  • Servitá
  • Suba
  • Tunal
  • Toberin
  • Yomasa

Rapicades:

  • Bosa Holanda
  • Avenida Suba
  • Chapinero 58
  • Chia Centro
  • Engativá
  • Puente Aranda
  • Santa Librada
  • Suba Rincón
  • Avenida Caracas
  • Chapinero 53
  • Castilla
  • Diver Plaza Alamos
  • Fontibón Centro
  • Madelena
  • Metro Recreo
  • Prado Veraniego
  • Chapinero 53
  • Castilla
  • Diver Plaza Alamos
  • Fontibón Centro
  • Madelena
  • Tibabuyes
  • Venecia
  • Zipaquira
  • Chia Circunvalar
  • Claret
  • San Diego
  • San Fernando
  • Alta Vista
  • Archivo Distrital
  • Calle 80
  • Kennedy
  • Bochica

Es importante mencionar que, además de aceptar pagos por servicios públicos, la Secretaría de Hacienda ha establecido una atención preferencial en los SuperCades para el pago de impuestos tributarios. Sin embargo, este trámite solo puede realizarse en los siguientes SuperCades:

SuperCades habilitados para el pago de impuestos tributarios:

  • SuperCade 20 de Julio: carrera 5A No. 30C-20 Sur
  • SuperCade Américas: avenida carrera 86 No. 43-55 Sur
  • SuperCade CAD: carrera 30 No. 25-90, torre B
  • SuperCade Suba: calle 145 No. 103B-90
  • SuperCade Bosa: calle 57R Sur No. 72D-12
  • SuperCade Manitas: carrera 18L No. 70B-50 Sur

En estos puntos de atención, se pueden cancelar los siguientes tributos:

  • Impuesto Predial Unificado
  • Impuesto sobre Vehículos Automotores matriculados en Bogotá
  • Impuesto de Industria y Comercio (ICA)
  • Inscripción, actualización o novedades del Registro Único Tributario (RIT)
  • Consultas sobre mandamientos de pago
  • Orientación sobre otros impuestos distritales

Para obtener atención presencial en los SuperCADEs CAD, 20 de Julio, Américas, Bosa y Suba, es obligatorio programar una cita a través del enlace "Agenda tu cita" disponible en la página principal del portal de la Secretaría de Hacienda.