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Encuesta de intención de voto para la Municipalidad Distrital de Jesús María presenta inconsistencias y no cuenta con aval del JNE

El estudio no identifica a su autor, lo cual dificulta su verificación en el Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El estudio presenta un ficha técnica incompleta.
El estudio presenta un ficha técnica incompleta. | Foto: Composición LR

En los últimos días, se ha difundido en Facebook una encuesta que supuestamente muestra la intención de voto de ciudadanos del distrito de Jesús María para la elección de su próximo alcalde distrital. Según esta, Enrique Ocrospoma, de Avanza País, lidera las preferencias con 23%; seguido de Raphael Valencia, de Ahora Nación, con 21,7%; Daniel Li, de Renovación Popular, con 15%; y otros candidatos con porcentajes menores al 9%.

Encuesta difundida en redes sociales. Foto: Facebook

El estudio, sin embargo, no identifica a su autor. Esto impide verificar si se encuentra inscrito en el Registro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), listado que reúne a las personas naturales y jurídicas autorizadas para realizar y difundir encuestas electorales.

Aunque en la publicación se incluye una ficha técnica, requisito establecido en el artículo 22 del Reglamento sobre Encuestas Electorales durante los Procesos Electorales del JNE, esta se encuentra incompleta. Se omiten datos metodológicos relevantes como el nombre del autor, la fuente de financiamiento, los objetivos de la investigación, el nivel de representación de la muestra, entre otros.

Información requerida por el JNE en una ficha técnica. Foto: Jurado Nacional de Elecciones

El estudio presenta datos metodológicos incompletos. Foto: Facebook

Además, la mencionada ficha presenta una inconsistencia en la supuesta fecha de realización del estudio: solo señala “jueves 03 del 2026”, sin precisar el mes.

Inconsistencia en el material. Foto: Facebook

En síntesis, la encuesta no reúne la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el JNE. Por tanto, no se considera válida en el marco del presente proceso electoral.

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