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Sociedad

Burriers y deudores de alimentos evitarían la cárcel tras promulgación de ley de grilletes electrónicos

La medida también beneficiaría a los microcomercializadores de droga y personas con tenencia ilegal de armas.

Son más de 10.000 reos los que se beneficiarían de la medida.
Son más de 10.000 reos los que se beneficiarían de la medida. Foto: composición / INPE / GOBIERNO DEL PERU

Este viernes 14 de marzo se promulgó la Ley Nº 32257, que declara de interés nacional el uso de grilletes electrónicos como alternativa a la prisión en casos de delitos menores. La norma, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, tiene como principal objetivo reducir el hacinamiento en los centros penitenciarios y dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Constitucional, emitida en el Expediente 05436-2014-PHC/TC.

Esta iniciativa responde a la necesidad de encontrar medidas más eficaces para el Estado en la gestión del sistema penitenciario, permitiendo que personas sentenciadas por delitos de menor gravedad cumplan su condena bajo vigilancia electrónica en lugar de estar recluidas en establecimientos penitenciarios sobrepoblados.

Sin embargo, según el informe estadístico del INPE del mes de diciembre del 2024, los principales beneficiarios serían más de 10.000 sentenciados. Entre ellos se encuentran los microcomercializadores de droga, personas con tenencia ilegal de armas, burriers y deudores de alimentos.

Información estadística de la población penitenciaria en el país, según el INPE. Foto: INPE

Implementación de los grilletes electrónicos

La Ley Nº 32257 establece que, los ministerios de Justicia y Derechos Humanos, del Interior y de Economía y Finanzas, en coordinación con el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional, deberán realizar las acciones correspondientes para asegurar su correcta aplicación.

Asimismo, la norma otorga un plazo de 180 días para que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en conjunto con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), apruebe el Código de Conducta del Servidor Penitenciario. Este documento regulará el comportamiento de los funcionarios encargados de la ejecución de penas y medidas de seguridad, estableciendo estándares éticos y buenas prácticas en la gestión penitenciaria. La implementación de este código busca reforzar la transparencia, profesionalismo y eficacia en la administración del sistema de vigilancia electrónica, garantizando su correcto funcionamiento.

Motivos que llevaron a la promulgación de la ley de uso de grilletes electrónicos

Es importante precisar que en el año 2020, el Tribunal Constitucional determinó la existencia de un Estado de Cosas Inconstitucional en relación con el hacinamiento en los centros penitenciarios del país, así como con las graves deficiencias en la infraestructura y en la provisión de servicios básicos dentro de estos establecimientos.

Ante esta situación, el máximo órgano constitucional estableció que, en caso de que para el año 2025 no se haya logrado superar dicho Estado de Cosas Inconstitucional, se procederá al cierre de seis establecimientos penitenciarios con los niveles más altos de hacinamiento. Entre los penales identificados en aquel momento se encontraban Chanchamayo (con un hacinamiento del 553%), Jaén (522%), Callao (471%), Camaná (453%), Abancay (398%) y Castro Castro (375%). No obstante, si para el plazo establecido otras cárceles presentaran índices más elevados de sobrepoblación, serían estas las que se considerarían para su cierre.

Asimismo, el Tribunal Constitucional enfatizó que la solución al problema del hacinamiento carcelario en el Perú requiere de un esfuerzo coordinado entre el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, además de la participación activa de la sociedad en su conjunto.

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