Puno. En el diccionario no existen las palabras “concoia”, “racturando” y “trasañfada”, a pesar de ello forman parte del sustento de la sentencia condenatoria en el proceso que se le siguió a José Mamani Mamani y otros, por el delito de usurpación. La resolución fue emitida y firmada por el juez mixto de la provincia de Melgar, Alexander Roque Díaz.
El proceso, que recoge las tres palabras mal escritas y no tienen significado, se ventiló en el expediente N.º 00188-2017; pero no son las únicas. La sentencia de 42 páginas en total tiene 2300 errores ortográficos y errores de número y género. En su estructura existen, además, frases inentendibles que no permiten comprender correctamente la fundamentación de hechos ni cuáles son las razones por las que condena al procesado.
El Ministerio Púbico informó a La República que si bien la investigación se desarrolló correctamente, la condena cumple los requisitos para ser anulada porque es ininteligible y carece de logicidad. Este es un requisito exigido por ley para que un juez pueda amparar válidamente los efectos y razones de su decisión; de lo contrario, corresponde su anulación.
Expediente lleva errores ortográficos. Foto: cortesía La República
“Hemos hecho lo posible por llevar el caso adelante, pero el juez ha dado una sentencia que no se entiende nada, y, en varios párrafos, se saca de contexto los hechos. Se sobreentiende que la sentencia recoge todo lo actuado durante el proceso en juicio. Varios de esos momentos, no se entienden nada. El juez afectó nuestro trabajo porque su propia resolución cumple los requisitos para ser anulado”, señalaron a La República dos fiscales que estuvieron viendo de cerca el caso.
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Asimismo, este medio revisó la resolución del juez y, en efecto, hay párrafos enteros que no se entienden. Por ejemplo, se señala que uno de los procesados “prtendía scarlos”, pero a la vez precisa que hizo un “acuedo”. Los errores se repiten en todo el contenido jurídico y fundamentación de hechos.
Expediente lleva errores ortográficos. Foto: cortesía La República
La República consultó al respecto con el abogado penalista Antonio Sardón. Este dijo que el magistrado merece una llamada de atención y amonestación porque pone en tela de juicio la labor jurisdiccional.
“Primera vez que veo tantos errores. Carece de fundamentación y logicidad argumentativa. Esos errores no son aceptables, y ya la Corte Suprema ha anulado fallos con menos problemas de entendimiento por razones de sintaxis y otros”, dijo Sardón.
Cabe señalar que este medio buscó la versión de Alexander Roque Díaz, pero fue imposible ubicarlo. Tampoco respondió las llamadas telefónicas. La Corte Superior de Justicia de Puno informó que es potestad del magistrado hablar de sus decisiones o no. Relaciones Públicas informó que no podría pedirle que se manifieste cuando no es su voluntad dar explicaciones por los procesos que tiene en su despacho.
El portal La Ley consultó con especialistas en la materia sobre el particular. Dicho recogió las opiniones de dos penalistas, quienes señalaron que la resolución no puede ser anulada por este motivo. Sin embargo, puntualizaron en que si hubiese sido ininteligible, correspondería una nulidad. Aún así lo que sí procedería es una llamada de atención o una aclaración.