
En la región de Áncash, se conoció el caso de una personas que solicitó formalmente al director del penal de Huaraz la salida de su hermano -quien purga cárcel hace 19 años- para que vea a su madre que se encuentra en estado crítico de salud.
Según narró en la misiva dirigida al alcaide, su progenitora de 80 años pide verlo como último deseo. Ella se encuentra en el distrito de Cátac, en la provincia de Recuay, a una hora de la cárcel ubicada en la capital de la región.
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Este hecho ha generado opiniones divididas en las redes sociales: los que señalan que deberían conceder ese permiso especial y otros que deberían más estrictos con quienes cometen delitos.
En el cuarto capítulo del Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal, aprobado por D. S. n.º 003-2021-JUS, y que fue refrendado el 26 de febrero de 2021 por el expresidente Francisco Sagasti y el extitular de Justicia, Eduardo Vega, se especifican 6 beneficios.
Beneficios penitenciarios. Foto: captura/El Peruano
En el permiso de salida, presente en el artículo 48, se detalla que se le puede conceder a un interno por el plazo máximo de 72 horas en los siguientes casos:
La responsabilidad de otorgar este beneficio recae sobre el director del establecimiento penitenciario. Y debe dar cuenta al representante del Ministerio Público, al juez que conoce el proceso y se deberán adoptar las medidas necesarias de custodia.





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