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Sociedad

Corte Suprema absolvió a empleado bancario condenado sin pruebas a 14 años de cárcel

Jueces supremos determinaron que policías y fiscales imputaron cargos carentes de sustento a Miguel Villanueva Paz, como haber avisado a los ladrones para que ingresaran a una agencia de Breña y robarse 550.000 soles en efectivo. Villanueva saldrá en libertad después de casi 4 años de prisión en Castro Castro.

La policía presento a Miguel Villanueva como el "Viejo", quien supuestamente estuvo en un vehículo, pero el agraviado no sabe conducir. Foto: composición La República
La policía presento a Miguel Villanueva como el "Viejo", quien supuestamente estuvo en un vehículo, pero el agraviado no sabe conducir. Foto: composición La República

ACTUALIZACIÓN: La Sala Suprema Penal Transitoria, mediante resolución del 1 de agosto de 2022, anuló la sentencia que condenaba a Miguel Eduardo Villanueva Paz como coautor del delito de robo agravado en perjuicio del Banco de Crédito del Perú (BCP) y, en consecuencia, lo absolvió de dicho cargo; además, dispuso su inmediata libertad —siempre que no registre otra orden de detención vigente— y ordenó eliminar los antecedentes generados en su contra por este proceso.

Después de haber permanecido preso durante casi cuatro años en el penal Miguel Castro, un sórdido recinto penitenciario, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema absolvió al empleado bancario Miguel Villanueva Paz y ordenó su inmediata liberación.

En un caso de injusta detención, procesamiento y condena, como resultado de una serie de imputaciones policiales y fiscales sin sustento, contradictorias y clamorosamente erróneas, Miguel Villanueva fue sentenciado a 14 años de prisión por haber participado en el robo de una agencia bancaria en Breña de la misma entidad donde trabajaba, el Banco de Crédito del Perú (BCP), pero era sábado y él estaba en su casa.

La Sala Penal Transitoria revisó el caso de Miguel Villanueva Paz y concluyó que había sido condenado sin pruebas concluyentes, como informó La República en varios reportajes que dieron cuenta de la prisión injusta del empleado bancario.

En uno de los episodios más dramáticos del caso, Miguel Villanueva Paz fue confrontado en una audiencia pública con Ysaías Canales Chávez, el guardián del banco que lo había señalado como parte de la banda de asaltantes. Ante la presencia de los jueces superiores, Chávez afirmó que la Policía lo había presionado para acusarlo. Canales no solo se retractó ante los magistrados, sino que le pidió perdón a Villanueva por la falsa imputación. A estos no les importó, y ratificaron la condena de 14 años para el empleado del BCP.

Vigilante dice haber sido coaccionado por la Policía

Villanueva también fue acusado de haber coordinado con los ladrones, pero ni en los teléfonos de estos ni en el suyo se acreditó ninguna comunicación entre ellos. La Sala Superior ni siquiera quiso hacer esta pericia.

Así es la justicia en el Perú.

Humillado y defendido

La Policía convocó a la prensa para que registrara la detención, el traslado y el encarcelamiento de Miguel Villanueva, y a la conferencia de prensa en la que se presentó un organigrama en el cual aparecía su rostro como miembro de una organización criminal que había robado 550.000 soles en efectivo.

El robo ocurrió el 23 de junio de 2018 a las 8.50 de la mañana en la agencia del BCP, en la avenida Venezuela, en Breña.

Después de revisar concienzudamente el expediente, los magistrados de la Sala Penal Transitoria encontraron que a Miguel Villanueva se le imputaba haber dado la señal a los ladrones para que ingresaran a la agencia de Breña, cuando en realidad él se hallaba en su casa, y desconocía la hora en que el dinero se trasladaba de la bóveda a los cajeros automáticos, preciso momento en que irrumpieron los delincuentes. Se trataba de una acusación sin pruebas.

La lectura de la resolución de la Sala Penal Transitoria, si bien genera alivio para Miguel Villanueva porque enmienda un mayúsculo error policial, fiscal y judicial; también agita la protesta, remueve la rabia, sacude la indignación, porque grafica crudamente que, para algunas autoridades, la presunción de inocencia es una tontería, algo accesorio, un imposible en el Perú.

“No se cuenta con pruebas convincentes que sostengan su sindicación y permitan afirmar con seguridad que el encausado (Miguel Villanueva Paz) intervino en el plan criminal conforme con la imputación fiscal”, señala la sentencia de la Sala Penal Transitoria.

“No trabajó en la oficina bancaria donde ocurrió el robo y ninguno de los trabajadores ha referido conocerlo”, agregan los jueces.

“No es correcta la afirmación de la Sala Superior respecto a que el recurrente se contactó con el acusado ausente (el cabecilla). (…) No existe algún medio de prueba que permita generar un convencimiento certero”, precisan en la resolución.

Es decir, no estuvo en el lugar. No se dio a la fuga.

La justicia al final del túnel

“Este Tribunal Supremo estima que existe duda razonable respecto a la conducta del encausado (Miguel Villanueva Paz), ya que no se ha llegado al grado de certeza para emitir una condena en su contra”, concluye la Sala Penal Transitoria: “En consecuencia, corresponde su absolución”.

Probablemente, el propio Miguel Villanueva Paz no confíe en la decisión de la Corte Suprema hasta no salir del penal Miguel Castro Castro. Hasta no llenar sus pulmones con los aires de la libertad. Hasta no recibir en la calle los abrazos de sus familiares, para convencerse de que es cierto lo que decidieron los jueces supremos. Porque llegaron a acusarlo de haber conducido el vehículo de los ladrones, y él no sabe manejar un automóvil.

Peritaje de parte que demuestra que el día del robo Miguel Villanueva no estuvo en contacto con los ladrones. Su enamorada más bien lo llamó para darle aviso del robo y pedirle que se comunique con la PNP. Foto: difusión

Casos como el de Miguel Villanueva Paz debe haber muchos más en las prisiones del país. Detenidos, sentenciados, encarcelados injustamente.

Pese a que el BCP informó que Miguel Villanueva desconocía los horarios de retiro de dinero y, por lo tanto, no podría dar aviso a los ladrones; policías, fiscales y jueces igualmente lo señalaron como integrante de la banda criminal.

Para vergüenza, baldón y castigo de estas autoridades que se movilizan no por la fuerza de la ley, sino impulsados por la arbitrariedad, la mala fe y la maldad; la Sala Penal Transitoria resolvió: “No se ha demostrado de manera irrefutable que le haya llegado o que tenía conocimiento (Miguel Villanueva Paz) de la información sobre el día y el monto con el que se abastecerían los cajeros automáticos y que fue la persona que filtró dicha información”.

Estas autoridades ni siquiera habían conseguido probar la principal acusación, obligando a Miguel Villanueva Paz a pasar una temporada de casi cuatro años en el presidio Miguel Castro Castro, entre notorios criminales.

Pero en el caso de los otros imputados, la Sala Penal Transitoria, compuesta por los jueces supremos Víctor Prado Saldarriaga, Hugo Núñez Julca (quien ofició de ponente del caso), Ricardo Brousset Salas, Susana Castañeda Otsu y Norma Carbajal Chávez, confirmó las penas de carcelería.

Se hizo justicia.

Credicorp BCP

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