
Mediante el Decreto Supremo n.º 184-2020-PCM, el Gobierno de Pedro Castillo decidió ampliar la fecha de vigencia de las restricciones de la emergencia nacional por un plazo hasta el 5 de setiembre, con el objetivo de salvaguardar a la población contra el nuevo coronavirus.
Hasta la fecha mencionada, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el Nivel de Alerta por Provincia y Departamento, conforme al siguiente detalle:
En tanto, los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes que ingresen a territorio nacional, únicamente en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deberán contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, conforme a las disposiciones sanitarias vigentes. Aquellas personas cuyo resultado sea positivo, ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
Finalmente, en el plazo máximo de 10 (diez) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo, publicado en el diario oficial El Peruano, el Ministerio de Salud presentará a la Presidencia del Consejo de Ministros la propuesta de nuevas medidas que deberá seguir la ciudadanía ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19.





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