
Este 14 de mayo, el Ejecutivo oficializó la norma que suspende la creación de universidades públicas como privadas por el periodo de un año. Asimismo, esta solo autoriza a las casas de estudios del Estado a licenciar sus filiales.
La Ley n.º 31193 publicada en el Diario Oficial El Peruano precisa que esta moratoria no alcanza a las universidades que cuentan con licencia institucional denegada y tampoco a la Universidad Nacional de Música, la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, creadas a partir de la Ley 30957.
Asimismo, la norma impide la creación y funcionamiento de filiales de universidades privadas por el plazo de tres años.
Por otro lado, el pasado 2 de mayo, el Congreso de la República promulgó la ley que establece el bachillerato automático a los estudiantes de pregrado que culminaron sus estudios en los años 2020 y 2021.
La norma, publicada en el Diario El Peruano, incorpora la decimocuarta disposición complementaria transitoria a la Ley Universitaria.
“Los estudiantes que hayan aprobado los estudios de pregrado en las escuelas profesionales, tanto de universidades públicas como privadas, durante los años 2020 y 2021, accederán a su solicitud y en forma automática a la obtención del grado académico de bachiller, exonerándoseles de los requisitos establecidos en el numeral 45.1 del artículo 45 de la presente ley”, sostiene el párrafo aprobado el 11 de marzo por el Pleno del Parlamento.
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