
Los conductores y transportistas que ofrezcan el servicio de transporte de personas sin la autorización respectiva recibirán una multa equivalente a S/ 4.400 sin opción a descuento. Así lo indicó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
La infracción tipificada como F1 en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte es considerada como muy grave. La sanción se impone al prestador informal y al conductor del vehículo.
Adicionalmente y como medidas preventivas, los inspectores de la Sutran están facultados para internar al vehículo y retener la licencia de conducir.
Los operativos contra el servicio informal se realizan en carreteras, paraderos y terminales informales, buscando detener este tipo de prácticas que ponen en riesgo la vida y la salud de las personas.
Asimismo, se supervisa que se cumplan las medidas de bioseguridad establecidas durante el estado de emergencia por la COVID-19. La multa por por llevar algunos pasajeros sin protector facial es del 5% de UIT, es decir, S/220. Esta medida busca brindar la seguridad, integridad y salud de todos los peruanos.
Sutran exhorta a los usuarios, que por razones de fuerza mayor necesiten viajar a las provincias donde está permitido este tipo de servicios, a usar siempre servicios de transporte formal a fin de salvaguardar su integridad.
Para verificar si esa placa cuenta con autorización para hacer transporte de ámbito nacional, puedes ingresar el número de placa en http://www.sutran.gob.pe/informacion-del-conductor-y-bus-de-tu-viaje/ o descarga el aplicativo Viaje Seguro.





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