Recientemente, el fiscal superior y coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Jorge Chávez Cotrina, protestó por la percepción que tiene la población de que jueces y fiscales liberan a delincuentes. Dijo algo muy cierto, que el Gobierno y el Congreso dan leyes contradictorias para la lucha contra la criminalidad, que terminan favoreciendo a los acusados.
Chávez Cotrina apuntó específicamente contra el Decreto Legislativo 1585 de noviembre de 2023, emitido por el Gobierno de Dina Boluarte. Esta norma modificó el Código Penal para que se puedan suspender penas de hasta 5 años, incluso hasta 8 años de forma excepcional. También se cambiaron los artículos relacionados a la conversión de la pena y la prisión preventiva. Todas estas reformas bajo la justificación de deshacinar los penales, en lugar de construir más.
Uno de los primeros beneficiados con este Decreto Legislativo fue Kenji Fujimori en el caso Mamanivideos. Se le condenó en primera instancia a 4 años y 6 meses de prisión efectiva. Solo faltaba la ratificación de la condena para que el excongresista sea ingresado a una cárcel pública. Sin embargo, entró en vigor la norma, por lo que, aunque la Corte Suprema confirmó la sentencia, ordenó que se suspenda la pena.
Extracto de la sentencia contra Kenji Fujimori
Aunque el Decreto Legislativo 1585 fue publicado en noviembre de 2023, por principio de retroactividad benigna, aplica para delitos cometidos incluso antes de la promulgación.
La Corte Suprema también la ha aplicado, según pudo detectar La República tras una revisión de las resoluciones emitidas desde la referida fecha.
Hay por lo menos 4 casos en los que se suspendió la pena a personas condenadas por robo agravado y un caso por tentativa de robo, delitos más comunes en el día a día.
Por ejemplo, a un sujeto que golpeó y luego robó a una persona que había sido herida por un disparo de bala se le impuso 8 años de prisión efectiva. No obstante, se dispuso la suspensión de la pena porque el asaltante tenía menos de 25 años de edad al momento del crimen y era su primer delito.
Suspenden pena de 8 años porque condenado tenía menos de 25 años y era su primer delito
Estos dos últimos supuestos para impedir que un condenado vaya a cárcel fueron introducidos con el Decreto Legislativo 1585.
En otro caso, un sujeto retuvo por unos minutos a una menor de edad cerca de su domicilio para robarle sus pertenencias, lo que no pudo concretarse por la intervención de los vecinos del lugar. Al hombre se le dieron 5 años de prisión, que se suspendieron por la norma en cuestión.
Suspenden pena contra condenado a 5 años de prisión
Por otro lado, a un conductor que atropelló a un inspector de la Municipalidad de Lima en el Mercado Central y que se dio a la fuga se le impuso 5 años de prisión efectiva, pero la Corte Suprema tuvo que convertir dicha pena en jornadas de servicio comunitario por el mencionado decreto legislativo.
Convierten pena de 5 años de prisión en servicio comunitario
Este diario también identificó un caso en que una condenada por extorsión se vio beneficiada con la referida norma. La sentenciada retiró el dinero que un padre de familia depositó a su cuenta luego de que se le hiciera creer que su hijo fue retenido. La mujer se encontraba en prisión purgando una pena de 5 años, pero la Corte Suprema convirtió el tiempo que quedaba en jornadas de servicio comunitario.
Los condenados por corrupción también encontraron en el Decreto Legislativo 1585 un salvavidas para evitar ir a un penal. Personas a quienes el Poder Judicial halló culpables por colusión, peculado, negociación incompatible y cohecho vieron sus penas de entre 4 y 5 años de prisión convertirse en jornadas de servicio comunitario.
Condenados por tráfico ilícitos de drogas, en sus modalidades de favorecimiento o posesión, también evitaron ir a prisión por el Decreto Legislativo 1585.
Estos son solo los casos que han llegado a la Corte Suprema. En Cortes Superiores el número de favorecidos por el DL 1585 podría ser mucho más alto.