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Política

Poder Judicial da la razón al Ejecutivo en su negativa de entregar video

Disputa. Según el juez Raúl Justiniano Romero, el equipo especial no pidió adecuadamente la incautación de cámaras de seguridad de Palacio en la captura de Yenifer Paredes.

Acto fallido. Un error en la redacción de la solicitud de allanamiento e incautación paralizó al equipo especial de la Diviac. Foto: John Reyes/La República
Acto fallido. Un error en la redacción de la solicitud de allanamiento e incautación paralizó al equipo especial de la Diviac. Foto: John Reyes/La República

El juez Raúl Justiniano Romero declaró improcedente la solicitud para el allanamiento e incautación de las cámaras de video de la residencia presidencial y de Palacio de Gobierno, durante la ubicación y captura de la cuñada del presidente Pedro Castillo, Yenifer Paredes Navarro.

De acuerdo a la resolución, a la que accedió La República, el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia rechazó el pedido del fiscal Hans Aguirre Huatuco, representante del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder.

El fiscal Aguirre señala en su solicitud que, el 9 de agosto, los representantes del equipo especial sí tenían conocimiento de que Yenifer Paredes se encontraba en las instalaciones de Palacio, cuando procedieron a ejecutar la intervención y captura de la investigada.

Por ello, indica que, al no hallarla, pidieron a personal de seguridad que “se muestre la cámara de video de ingreso y salida de personal ubicado en la parte externa de la residencia e interior de los ambientes del despacho presidencial, habiéndose negado a la misma en razón de que este pedido no comprendía la diligencia judicial”.

Sobre ello, el juez Raúl Justiniano respondió que “si bien es cierto que el allanamiento también comprendió la incautación de bienes vinculados a la presunta comisión del delito por lavado de activos y organización criminal, en el requerimiento fiscal ni en la citada resolución se autorizó recabar, confiscar o solicitar copia de grabaciones de las cámaras ubicadas en el predio materia de allanamiento, más aún cuando los hechos investigados no comprenden la fecha de realización del acto de allanamiento”.

En esa línea, añade que “tratándose del requerimiento fiscal vinculado a Palacio de Gobierno, este se encuentra vinculado con el presidente, y si el Ministerio Público pretende investigarlo, debe proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado”.

El dato. Yenifer Paredes Navarro en el Ministerio Público, un día después que la Fiscalía y la Policía la buscaran sin suerte en Palacio de Gobierno. Foto: difusión

“Tenemos que dicho requerimiento fiscal no reviste urgencia para ser atendido, ya que, desde el primer requerimiento a la fecha, el Ministerio Público ha tenido el tiempo necesario y suficiente para formular su pedido ante la instancia competente”.

“Por las razones expuestas, se resuelve a declarar improcedente la solicitud para el allanamiento e incautación de las cámaras de video de la residencia presidencial y de Palacio de Gobierno”, reza la resolución emitida por el juez Raúl Justiniano.

“Allanamiento no comprendía los ambientes residenciales”

El juez Romero expuso que la autorización fue aprobada para la zona de la residencia de Palacio de Gobierno; esto en la medida que el Ministerio Público ha afirmado que la investigada Yenifer Noelia Paredes Navarro viviría en dicho predio, lo cual no comprendía ni comprende el despacho presidencial ni los ambientes residenciales del mandatario Pedro Castillo, menos la Casa de Pizarro.

Como se sabe, la cuñada del presidente Castillo, Yenifer Paredes, se entregó el 10 de agosto a la Fiscalía luego de pasar más de doce horas en condición de prófuga de la justicia, tras no ser encontrada en el operativo en Palacio liderado por el fiscal Hans Aguirre.

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