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Política

Joaquín Ramírez no podría asumir alcaldía de Cajamarca pese a liderar preferencias, según expertos

De acuerdo a Jorge Jáuregui, especialista en temas electorales, ocuparía el sillón provincial el segundo candidato con mayor porcentaje de votos.

Cabe recordar que Joaquín Ramírez fue acusado de lavado de activos para financiar la campaña de Keiko Fujimori en el 2016. Foto: La República
Cabe recordar que Joaquín Ramírez fue acusado de lavado de activos para financiar la campaña de Keiko Fujimori en el 2016. Foto: La República

Joaquín Ramírez, candidato de Cajamarca Siempre Verde y excongresista de Fuerza Popular, alcanzó el 30,3% de votos en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, según el boca de urna de Ipsos Perú y América TV. Esta situación se torna especial debido a que, el jueves 23 de septiembre, la Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Cajamarca notificó a Ramírez que la resolución del Juzgado Civil que permitía la participación de las listas de candidatos de dicho partido fue declarada nula para estos comicios electorales.

En la misma línea, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Cajamarca decidió, en última instancia, el retiro de la postulación de la lista de aspirantes a los puestos distritales y provinciales. Ante este panorama, queda la duda de si Ramírez Gamarra podrá asumir el cargo en caso de confirmarse su elección como alcalde provincial de Cajamarca.

La candidatura de Joaquín Ramírez se encuentra como improcedente en la plataforma del JNE. Foto: captura JNE

“Formalmente no es candidato. La condición de candidato se obtiene siempre y cuando el JEE mantenga esa condición. (…) Pero si el jurado ha resuelto la exclusión por alguna sentencia —porque solo por sentencia penal condenatoria en primera instancia ya se puede excluir una candidatura—, (…) y esa resolución está firme, aún cuando hayan estado en la cédula y hayan recibido votos, esos votos se pasan a votos nulos”, detalla a este diario el abogado experto en temas electorales Jorge Jáuregui.

“Lo que ocurre ahí es que ya lo sacaron de carrera, y la votación de Joaquín Ramírez sería votos nulos”, manifiesta en la misma línea José Tello, también especialista en temas electorales.

Jáuregui indica que, en dicho caso, quien debería asumir la alcaldía del lugar es quien ocupa el segundo lugar, que en este caso es Sergio Sánchez, de Avanza País, que obtuvo 29,1% en el boca de urna.

El especialista también señala que sería una situación extraordinaria que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revocara esta decisión, pero que el candidato sí podría apelar pese a que no afecta la sentencia anterior; por ende, no afecta el proceso electoral. “Sería una situación bien tirada de los pelos que el JNE revoque la decisión del JEE y ordene que se cuenten esos votos. (…) Sería contraproducente”, enfatiza.

Santos Guevara, fundador del partido Cajamarca Siempre Verde, afirma a este diario que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ya tiene conocimiento de la resolución que declara improcedentes las listas presentadas. “Lo que va a pasar es que la ONPE, de oficio, va a tener que observar en función de la resolución del jurado y derivar todas esas actas al JEE. Por lógica y consecuencia, los del jurado van a tener que defender su posición, que se refleja en la resolución que declara improcedentes las listas. Habrá dos votos en mayoría para que se anulen esos votos, y un voto en contra, que es el del presidente (del JEE), que ahora funge como abogado de Joaquín Ramírez”, señala.

Agrega que este caso terminará en el JNE porque Ramírez apelará la decisión del JEE. “Es cierto que, como cualquier ciudadano, tiene derecho a apelar, pero la situación legal de Cajamarca Siempre Verde impide esta apelación porque la sentencia ha recobrado vigencia”, apunta.

De acuerdo a una investigación de La República, en junio del 2022, el juez civil Williams Ventura Padilla dio la razón a los fundadores de este partido político —que reclamaron que la facción de Joaquín Ramírez los había dejado de lado, incumpliendo los estatutos partidarios— y dispuso “dejar sin efecto todo el proceso de elecciones internas de dicho movimiento”, por lo que ya no había candidatos internos. Los demandantes quedaron conformes, por lo que no apelaron y la sentencia, la cual quedó firme y en calidad de cosa juzgada.

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