En una jornada intensa en el Congreso de la República, el Pleno ha sesionado desde las 10.00 a. m. para analizar y votar el informe final referente a la denuncia constitucional presentada por Jorge Montoya. Este procedimiento busca la inhabilitación en la función pública por 10 años de los miembros de la Junta Nacional de Justicia, incluyendo a la magistrada Inés Tello de Ñecco.
Este jueves 7 de marzo, la votación en el Pleno podría decidir el destino de la JNJ, con la posibilidad de la suspensión e inhabilitación de sus siete magistrados. Sin embargo, la institución ha presentado una nueva acción de amparo ante el Poder Judicial para aplazarla, situación que será expuesta por Lady Camones, presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC).
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En medio de este tenso contexto, la magistrada Inés Tello de Ñecco, miembro de la JNJ, ha salido a defender su permanencia en la junta. Argumenta que su nombramiento fue por cinco años y que no infringió la normativa mientras desempeñaba su cargo. Ante el Congreso, expresó: "Mi nombramiento no viola norma alguna, es completamente legal. Este juicio sentará un precedente respecto al respeto de los derechos humanos de las personas mayores. No pido un trato especial, solo el respeto a mis derechos".
Tello de Ñecco comentó que el proceso en su contra se basa en una interpretación apartada de la Constitución, señalando que "las normas constitucionales no son leídas en forma aislada". Además, defendió que su designación se ajustó a los criterios del Tribunal Constitucional y a los tratados de derechos humanos, siendo elegida por unanimidad tras ser entrevistada y cumplir con los requisitos.
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La magistrada concluyó afirmando que cumplió con su función de acuerdo a lo establecido por la Constitución, destacando que este debate no es nuevo y que la jurisprudencia ha la tenido oportunidad de pronunciarse al respecto. El Congreso, por su parte, deberá decidir en las próximas horas el futuro de la JNJ y sus integrantes.
Con respecto a la aprobación del informe definitivo y la imposición de una inhabilitación de 10 años para asumir funciones públicas, el artículo 89 del reglamento del Congreso de la República establece que se requiere una mayoría de dos tercios, es decir, 66 votos. Este consenso se alcanza mediante la votación afirmativa de los 2/3 del total de miembros, excluyendo a la Comisión Permanente, según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 100 de la Constitución.
En contraste, para aprobar una acusación constitucional, el reglamento indica que se necesita la votación favorable de la mitad más uno del total de miembros, equivalente a 51. Es esencial tener en cuenta que la Comisión Permanente, compuesta por 30 congresistas, no participa en la votación del Pleno, dejando a 100 legisladores aptos para participar.
Aunque pueda obtenerse el respaldo necesario para la acusación, esto podría no ser suficiente para la inhabilitación de los magistrados. Es relevante destacar que, en el Pleno, cada caso se somete a votación de manera individual, a menos que haya una solicitud expresa de un congresista debido a la pluralidad de denunciados. En tal caso, el presidente accederá a la petición sin debate, según lo estipulado en el reglamento.