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Política

En 15 días, SAC deberá presentar informe final de denuncia constitucional contra Castillo y gabinete Torres

La Comisión Permanente otorgó 15 días hábiles a la SAC para que realice la investigación respecto a la denuncia constitucional contra Pedro Castillo y el gabinete de Aníbal Torres por haber interpretado el rechazo de plano de la cuestión de confianza como una denegatoria.

Aníbal Torres llegó al Congreso. Foto: Gianella Aguirre / URPI-LR
Aníbal Torres llegó al Congreso. Foto: Gianella Aguirre / URPI-LR

Este miércoles 21 de diciembre —con 19 votos a favor, nueve en contra y ninguna abstención— la Comisión Permanente otorgó a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) 15 días hábiles para que presente el informe final respecto a las denuncias constitucionales contra el vacado expresidente Pedro Castillo y el gabinete del extitular de la PCM Aníbal Torres respecto a la cuestión de confianza que planteó este último.

Esta comprende las acusaciones 318, 320, 322, 324 y 325 planteadas por los congresistas Patricia Chirinos (Avanza País), Adriana Tudela (Avanza País), Héctor Valer (Somos Perú) y Juan Burgos Oliveros (no agrupado). Estas buscaban la inhabilitación del expresidente Castillo y el gabinete de Aníbal Torres por haber interpretado el rechazo de plano de la cuestión de confianza como una denegatoria.

Congreso informa sobre la decisión de la Comisión Permanente. Foto: captura Congreso

Como se informó, dicha denegatoria fue firmada en un acta por todos los integrantes del entonces gabinete Torres, a excepción de la ahora presidenta Dina Boluarte.

Cabe precisar que la Subcomisión aprobó la denuncia en un extremo, es decir, Pedro Castillo Terrones es acusado solo por haber vulnerado los artículos 38 y el numeral 1 del artículo 118 de carta magna, por lo que se solicita una sanción tanto para el vacado ex jefe de Estado como para los exministros por presunta infracción a la Constitución.

Además, en el caso de los exministros que firmaron el acta, la demanda los absuelve de la presunta comisión de los delitos de coacción y omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, falsedad ideológica y desobediencia a la autoridad, por los que también se pide que se mande al archivo.

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