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Política

Anuncian demanda de inconstitucionalidad contra ley que permite a Boluarte despachar de manera virtual

La congresista por Cusco, Ruth Luque, señaló que su bancada Cambio Democrático - Juntos por el Perú presentará una denuncia de inconstitucionalidad contra la Ley 31810.

Dina Boluarte
La ley fue aprobada por el Parlamento, en segunda votación, con 72 votos a favor, 39 en contra y 5 abstenciones. Foto: LR/Archivo

Hoy se oficializó la Ley 31810 en el Diario Oficial El Peruano, la cual modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (29158) para que Dina Boluarte pueda despachar de forma remota desde el extranjero. Ante esto, la congresista Ruth Luque anunció, a través de Twitter, que su bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú está preparando una demanda de inconstitucionalidad debido a que la disposición infringe la Carta Magna. “Su Gobierno se sostiene en un papel y ahora en la virtualidad para poder salir del país”, reclamó la parlamentaria por el Cusco.

“En caso de que el presidente de la República deba salir del territorio nacional y no haya vicepresidentes en ejercicio, de manera excepcional, el presidente de la República se mantiene a cargo del despacho presidencial empleando tecnologías digitales. Es obligatoria la implementación de mecanismo de seguridad digital para el uso de dichas tecnologías”, es lo que dispone la actualizada Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

Tuit de Ruth Luque. Foto: Twitter

Congreso aprobó ley, pese a observaciones

La ley fue aprobada por el Parlamento, en segunda votación, con 72 votos a favor, 39 en contra y 5 abstenciones; pese a que diversas voces especializadas, como la del excanciller Miguel Ángel Rodríguez Mackay, la observaron.

En conversación con La República, Rodríguez Mackay calificó la norma como “infantil” y “jurídicamente inconsistente”, debido a que el texto ignora los mecanismos establecidos en la Constitución. “No hay poder virtual. Por esa razón, es un proyecto jurídicamente inconsistente, que no se hizo pensando en la fuerza de la ciencia política y del poder que establece en su doctrina, que el poder se ejerce presencialmente y que el poder de un Estado no puede quedar en la virtualidad, en el internet. El poder de un Estado no puede virtualizarse”, explicó.

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