
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió incorporar al Ministerio Público, representado por el fiscal Germán Juárez Atoche, en el proceso de hábeas corpus interpuesto por la defensa del expresidente Ollanta Humala Tasso.
Con este recurso, la defensa del exmandatario busca anular las decisiones del Poder Judicial que rechazaron archivar su caso y, en consecuencia, ordenar el cierre definitivo del juicio por presunto lavado de activos.
Ante esta situación, los siete magistrados del Pleno del TC declararon procedente la solicitud formulada por el fiscal Juárez Atoche, titular de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos.
Fallo del TC que confirma la incorporación del fiscal Germán Juárez en el recurso de hábeas corpus.
El magistrado solicitó ser incluido bajo la figura de litisconsorte facultativo pasivo tras evidenciar un interés relevante en el resultado del proceso, al ser el fiscal a cargo del caso por lavado de activos que busca ser archivado definitivamente.
La demanda de hábeas corpus planteada por el abogado Edison Huamán Chacón, en representación de Ollanta Humala, pretende dejar sin efecto tres decisiones del Poder Judicial.
La Resolución 37 (del 20 de diciembre de 2019), la Resolución 38 (del 6 de noviembre de 2020) y la sentencia de casación emitida el 20 de diciembre de 2022. Dichos fallos desestimaron en su momento una excepción de improcedencia de acción planteada por el exjefe de Estado. Ahora, mediante la vía constitucional, la defensa insiste en que se declare improcedente la acción penal y se ordene la clausura definitiva del expediente seguido en su contra.
Aunque la ley no detalla expresamente que un fiscal pueda intervenir en este tipo de recursos, el Tribunal Constitucional (TC) explicó que sus normas deben adaptarse para garantizar un juicio justo.
Al respecto, el máximo tribunal precisó que, ante la falta de una norma en el Nuevo Código Procesal Constitucional, corresponde aplicar subsidiariamente el Código Procesal Civil.
"Estando a lo expuesto y en aplicación del Artículo III del Título Preliminar del Nuevo Código Procesal Constitucional y el artículo 48 del Código Procesal Civil, corresponde incorporar al Ministerio Público como litisconsorte facultativo pasivo, a fin de que don Germán Juárez Atoche en su representación, pueda esgrimir los argumentos que estime pertinentes".
En ese sentido, el TC concluyó que el fiscal Juárez Atoche es un tercero con un interés directo, al advertir que si se aprueba el hábeas corpus, se ordenaría la clausura definitiva del expediente penal y, por ende, dejaría sin efecto la acusación fiscal.
"Lo que se resuelva en esta instancia constitucional, evidentemente, podría tener incidencia en las actuaciones del representante del Ministerio Público", se lee.
La decisión fue adoptada por los siete magistrados Helder Domínguez, Francisco Morales, Luis Gutiérrez Ticse, Luz Pacheco Zerga, Manuel Monteagudo, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.





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