La Junta Nacional de Justicia (JNJ) destituyó este 23 de enero a Delia Espinoza como fiscal suprema del Ministerio Público, en una sesión del pleno que aprobó su remoción por unanimidad. La medida responde a un procedimiento disciplinario que sostuvo que Espinoza no cumplió con una resolución que buscaba reponer en el máximo cargo de la entidad a Patricia Benavides.
La decisión de destituir a Delia Espinoza fue adoptada por unanimidad, con los votos de César Galindo Sandoval, Germán Serkovic González y Víctor Chanduví Cornejo. A ellos se sumaron Jaime de la Puente Parodi y Gino Ríos, quienes respaldaron la medida mediante votos singulares.
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La JNJ abrió un proceso disciplinario contra la exfiscal de la Nación en 2025 luego de que no acatara una resolución donde se ordenaba reponer en el cargo titular de la Fiscalía a Patricia Benavides. Espinoza fue acusada de cometer faltas graves y muy graves por presunta desobediencia a los mandatos del órgano de control.
La destitución de Delia Espinoza se explica por su presunto incumplimiento de la orden de reposición de Patricia Benavides como fiscal suprema y fiscal de la Nación, emitida por la JNJ el 12 de junio de 2025. Esta reposición se basó en una reconsideración de la situación legal de Benavides tras fallos judiciales y administrativos previos.
La Junta argumentó que Espinoza no solo omitió ejecutar la orden que le correspondía acatar, sino que tampoco convocó a la Junta de Fiscales Supremos para facilitar el proceso de traspaso de funciones. La JNJ estimó que estas omisiones representaban un quebrantamiento de la normativa de la Ley de la Carrera Fiscal y de los deberes funcionales de la magistrada.
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En el informe disciplinario, la JNJ incluyó la evaluación de varios hechos atribuidos a Espinoza, como la continuidad en el ejercicio del cargo pese a la notificación formal de la reposición, lo cual configuró, según el órgano, desobediencia institucional.
Además, la JNJ consideró que estas conductas habían afectado la institucionalidad de la Fiscalía y generado incertidumbre sobre el respeto a las resoluciones de los órganos constitucionales autónomos, por lo que concluyó que la remoción era la sanción adecuada.
Desde que se abrió el proceso en la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Delia Espinoza negó haber cometido alguna falta y cuestionó la legalidad de todo el procedimiento. La fiscal suprema suspendida sostuvo que nunca desobedeció una orden válida y que, por el contrario, actuó conforme a la ley, por lo que consideró arbitraria la acusación de no haber ejecutado la reposición de Patricia Benavides.
Durante la audiencia realizada el 22 de enero, Espinoza recordó que el 16 de junio, fecha en la que la JNJ le exigía restituir a Benavides como fiscal de la Nación, esta se encontraba formalmente destituida en otro proceso administrativo por la remoción irregular del fiscal Luis Felipe Zapata González. Según explicó, esa situación impedía legalmente cualquier reincorporación. “Ella estaba legalmente destituida. Luego intentaron disimular suspendiéndola, pero hasta septiembre seguía fuera del cargo. No podía asumir ni siquiera como fiscal suprema titular”, afirmó.
La inhabilitada fiscal también respondió a las observaciones incluidas en el informe de la presidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera, sobre una vigilia realizada en la sede del Ministerio Público. Negó que se trate de una falta disciplinaria y señaló que fue un acto religioso. “¿Desde cuándo rezar es delito? Fue una actividad dirigida por una trabajadora de la institución. No hay ninguna irregularidad”, sostuvo.
Además, acusó a Benavides de haber intentado ingresar de manera “ilegal e impropia” a la Fiscalía, acompañada de personas armadas, pese a que los protocolos internos prohíben el ingreso de armas incluso al despacho de la Fiscalía de la Nación. “Lo que quisieron fue asaltar el Ministerio Público y eso todo el Perú lo sabe”, declaró. Finalmente, aseguró que el informe que sustenta su destitución “está plagado de falsedades” y adelantó que demostrará ante el pleno de la JNJ que las imputaciones en su contra carecen de sustento jurídico.

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