La congresista de Alianza para el Progreso (APP), Lady Camones Soriano, presentó junto a otros miembros de su bancada el Proyecto de Ley N° 09470/2024-CR, el cual busca modificar los artículos 108-A y 121 del Código Penal para sancionar con cadena perpetua a quien asesine a un miembro de la Policía Nacional en el ejercicio de sus funciones.
Según se expresa en el documento, el objetivo de la ley es "contribuir a la protección de la vida de los miembros de la Policía Nacional del Perú y fortalecer su labor en la lucha contra la delincuencia en el país". En su exposición de motivos, se justifica el proyecto debido al creciente número de homicidios en el país, señalando que en gran medida las víctimas de esta ola de violencia son efectivos policiales.
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"(…) Esta misma tendencia de incremento (…), aparentemente se estaría produciendo en el caso de la violencia contra los efectivos policiales en nuestro país. Estos crímenes no solo son tragedias personales, sino que también representan un ataque a la institucionalidad como se ha indicado", señala el documento presentado.
Proyecto de Ley que sanciona con cadena perpetua a responsables de muerte de policías. | Foto: Congreso.
Anteriormente, el Congreso de la República aprobó una ley que restringe a jueces y fiscales de solicitar o ejecutar detenciones preliminares o prisiones preventivas contra miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) que utilicen armas de fuego en sus intervenciones. Se estableció que los agentes policiales no podrán ser detenidos si el uso de sus armas o de otros medios de defensa es conforme al reglamento y provoca lesiones o muertes.
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La iniciativa, cuyo objetivo es fortalecer el principio de presunción de inocencia y brindar una mayor protección a los integrantes de la Policía Nacional del Perú (PNP), obtuvo 95 votos a favor en el Congreso y fue exonerada de una segunda votación con 80 votos a favor, 18 en contra y 3 abstenciones. Las bancadas de Fuerza Popular y Perú Libre respaldaron los proyectos legislativos 3999/2022-CR, 7115/2023-CR y 7965/2023-CR, que buscan enmendar el Código Penal, el Decreto Legislativo 635 y el Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957.
La ley también establece que, por razones humanitarias, las personas mayores de ochenta años cumplirán su condena según lo dispuesto en los artículos 288 y/o 290 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957. Esto implica que aquellas personas de más de 65 años, o quienes padezcan una enfermedad grave o incurable, no podrán ser enviadas a prisión.
Esta propuesta legislativa será remitida al Poder Ejecutivo precedido por la presidenta Dina Boluarte, quien tendrá la facultad de ratificar su aprobación o, en su defecto, observarla.