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Política

Junta Nacional de Justicia quedaría paralizada por un precedente que creó Patricia Benavides

Precisiones. En junio de 2023, luego que el Congreso inhabilitó a Zoraida Ávalos, la entonces fiscal de la Nación interpretó que la inhabilitación no es una destitución. Si ese criterio también se aplica a la JNJ, será imposible sancionar a Benavides.

larepublica.pe
Insólito. Suspendida fiscal suprema y fiscal de la Nación pidió un nuevo informe público antes que la JNJ decida cualquier sanción, pero hoy no hay quorum para tomar ninguna decisión. Foto: difusión

Patricia Benavides salva a Patricia Benavides. La Junta Nacional de Justicia (JNJ) está en jaque mate por una interpretación que la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, hizo sobre el acuerdo de inhabilitación del Congreso: la inhabilitación -dijo- no es una destitución y la plaza vacante no puede ser ocupada por otro titular.

Según esta interpretación, el defensor del Pueblo y la JNJ no pueden convocar y juramentar a los consejeros suplentes para reemplazar a Inés Tello y Aldo Vásquez. Este precedente está siendo evaluado por la Junta para decidir qué hacer en la actual situación.

El antecedente fiscal

Benavides hizo esa interpretación luego que, el 20 de junio de 2023, el Congreso inhabilitó a la fiscal suprema titular Zoraida Ávalos. Lo normal era que Benavides comunique a la Junta que se había producido una vacante y se convoque a un concurso público para nombrar un nuevo fiscal supremo titular.

Sin embargo, no hizo eso. La entonces fiscal de la Nación quería tener una Junta de Fiscales Supremos debilitada, con el quorum mínimo de tres integrantes, donde un voto cambia todo. Por eso, propició la inhabilitación de Ávalos y la subsiguiente interpretación, para que no pudiera ingresar un nuevo fiscal supremo titular.

Así, Ávalos permanece como fiscal suprema titular, pero sin ejercer el cargo. A través de la secretaría general de la fiscalía de la Nación y con el oficio N° 003025-2023-MP-FN-SEGFIN, el 23 junio de 2023, Benavides informó de esa interpretación a la JNJ. Los miembros de la Junta aceptaron el criterio de Patricia Benavides.

Inés Tello ha invocado este precedente en la carta que remitió al presidente del Congreso pidiendo que se declare inexistente el acuerdo de inhabilitación y que, en todo caso, no se puede llamar al suplente.

Carta de la doctora Inés Tello al presidente del Congreso

Pues bien, ahora esa interpretación auténtica de la señora Benavides se haría extensiva a la JNJ. Entonces, la institución se quedaría con solo cinco integrantes, el número mínimo para tener quorum y tomar acuerdos claves, como la destitución o el nombramiento de un magistrado.

Pero, además, con ese número, la Junta no podrá confirmar la suspensión por seis meses de Patricia Benavides. Tampoco puede destituirla. De los cinco consejeros activos de la Junta, solo cuatro intervienen en el caso Benavides. María Zavala se inhibió de ver sus procesos.

La suspensión de Benavides vence el 6 de junio de 2024. Si para ese día no hay un acuerdo definitivo o una nueva suspensión en otro proceso disciplinario, ella automáticamente se reintegra como fiscal suprema titular y fiscal de la Nación.

Aldo Vázquez denuncia las irregularidades del Congreso cuando lo inhabilitó. Foto: JNJ

 ¿Quién define?

Por lo pronto, la Junta Nacional de Justicia aún no decide llamar a los suplentes o dejar vacantes los puestos de Vásquez y Tello.  Antes de decidir, ha pedido una opinión jurídica al área legal de la Junta.

Pero surge otra duda. ¿Qué pasa si el Congreso no está conforme con esa opinión? En el caso de la edad de Inés Tello, la Junta actuó conforme a la opinión de sus asesores. Los asesores dijeron que Tello podía permanecer hasta concluir su mandato.

El Congreso tuvo una opinión distinta y por eso inhabilitó a los mencionados consejeros- En unos días, si se convocan a los suplentes y al Congreso no le parece, se podría plantear una nueva investigación y denunciar, por ejemplo, un avocamiento indebido al cargo.

La misma Patricia Benavides podría cuestionar el ingreso de nuevos consejeros para definir su caso, pues en su opinión, que generó un antecedente, la inhabilitación no produce vacancia

Otro tema que los asesores están evaluando son las consecuencias para la demanda de amparo y medida cautelar que han presentado Inés Tello y Aldo Vásquez.

La Primera Sala Constitucional de Lima admitió la demanda y programó la audiencia de informes para el 4 de junio de 2024. Pero se ha presentado una medida cautelar que se puede resolver mucho antes

En la demanda y la medida cautelar, los consejeros inhabilitados piden revocar la sanción que les ha impuesto el Congreso y retornar a sus puestos en la JNJ. Pero si sus puestos han sido ocupados por los suplentes para ese entonces, ya no tendrían a dónde reincorporarse.

Al llegar a este punto, la interpretación de Benavides termina siendo favorable a Inés Tello y Aldo Vásquez.

Mediante una carta, Inés Tello reiteró su pedido para que el Congreso desista de su inhabilitación. Composición: La República

Una situación en la que los buenos y malos ganan

En la medida que las plazas vacantes de la Junta Nacional de Justicia no estén ocupadas, Inés Tello y Aldo Vásquez tienen las puertas abiertas para retornar.

En el Ministerio Público, la interpretación que hizo Benavides solo complicó la conformación de la Junta de Fiscales Supremos, pero no le impidió ejercer sus funciones. En cambio, para la JNJ supone casi la parálisis, pues con cinco integrantes solo puede tomar acuerdos por unanimidad.

El Poder Judicial podría aclarar este asunto. Pero, los jueces se toman su tiempo, periodo que favorece a ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’, cuyos procesos se congelan en un estado de jaque mate.

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