Las cartas no estaban marcadas. No hay señales de trampa. Pero el juego legal le salió perfecto al exasesor y exjefe de facto de los servicios de inteligencia durante la dictadura de Alberto Fujimori. Lo más probable es que, tras 23 años de audiencias públicas, Vladimiro Montesinos, de profesión abogado, conoce el sistema judicial y a sus jueces a la medida exacta de sus dedos.
El lunes 29 de enero último, Montesinos decidió acogerse a la sentencia anticipada en el juicio por el asesinato de 16 personas en los casos conocido como Caraqueño-Pativilca (6 asesinatos) y La Cantuta (10 asesinatos y desaparición forzada). Con esa decisión, buscó recibir una sentencia reducida, evitar un juicio largo y tener tiempo para concentrar sus esfuerzos en abandonar la prisión antes de las elecciones del 2026.
Ayer, miércoles 31 de enero, la Cuarta Sala Penal Nacional Liquidadora leyó la sentencia de condena anticipada como autor mediato de los delitos de homicidio con alevosía y desaparición forzada de personas. Le impuso una pena de 19 años y 8 meses de prisión, de 23 años de cárcel efectiva que debería haber recibido si el juicio se llegaba a realizar.
Los jueces que integran dicho tribunal, Miluska Cano López, Otto Verapinto Márquez y Helbert Llerena Lezama explicaron que debían reducirle la pena, por mandato de la ley, al haberse acogido a la sentencia anticipada.
Pero, además, como había previsto Montesinos. El tribunal estableció que la condena queda “compurgada”, el término legal utilizado para decir qué pena se da ya por cumplida. Ya está cumplida, teniendo en cuenta que Montesinos ingresó a prisión el 25 de junio del año 2001, tiempo que supera los 19 años y 8 meses de esta nueva condena.
Eso es lo que buscaba Montesinos y lo consiguió. ¿Los jueces pudieron tomar otra decisión sobre el cumplimiento de la condena? Sí, es posible. En otros casos, de hecho, en otra condena a Montesinos, se consideró que la pena no se empieza a contar a partir de cualquier detención que sufra un procesado, sino desde la privación de la libertad por el caso específico.
Jefe máximo. Alberto Fujimori participó en la audiencia en que se dictó condena a su exasesor. Foto: difusión
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El proceso judicial por el caso Caraqueño o Pativilca recién se inició el 15 de noviembre de 2011. Montesinos está preso desde junio del 2001, pero por los procesos de corrupción en los que se vio involucrado. Los casos de violación de derechos humanos tuvieron que pasar un largo proceso prejudicial, con demandas contra el estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Esa demora en el inicio de las investigaciones explica, por ejemplo, que recién el 2023 se hayan dictado las sentencia por los casos de Mariella Barreto y Leonor La Rosa. Este mismo caso, por los crímenes de Pativilca y La Cantuta, recién acaba de comenzar. Pero puede que los jueces solo hayan visto el caso La Cantuta, que sí tiene un comienzo anterior.
Por todo esto, Vladimiro Montesinos quedó conforme con el veredicto de los jueces. Se abstuvo de presentar un recurso de impugnación para que la decisión sea revisada por la Corte Suprema de Justicia. Adicionalmente a la pena, el tribunal dispuso que Montesinos pague una reparación civil de 500.000 soles a favor de los deudos de cada una de las víctimas y lo inhabilita para ejercer cargos públicos por cinco años.
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Por el asesinato y desaparición de Fortunato Gómez Palomino, un ciudadano que vivía en San Genaro, Chorrillos, cuando fue asesinado por el destacamento de operaciones especiales Colina, el 8 de julio de 2021, la Corte Suprema ratificó la condena contra Montesinos de 20 años como autor mediato de los delitos de homicidio y desaparición forzada.
En este caso, se estableció que la pena no se empieza a contar desde junio del 2001, sino desde que comenzó a cumplirse la orden de detención por este proceso, el 29 de enero de 2008. Además, se tuvo en cuenta que el 20 de enero de 2014 le otorgaron comparecencia restringida.
Por lo cual, los jueces supremos establecieron que a Montesinos le faltaba cumplir 13 años, 8 meses y 26 días de pena, por lo que recién podrá dejar la prisión el 21 de agosto de 2031. Esa sentencia, por el caso Gómez Palomino, destruye sus planes para salir libre el 2026.
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Vladimiro Montesinos Torres ha promovido una acción de amparo contra esa sentencia del Poder Judicial. Ahora se podrá concentrar ese proceso de garantías constitucionales. La actual sentencia, que se apega al criterio general de que una detención vale para todos los casos iniciados o por iniciarse, le ayuda en su pretensión.
Justicia. Los deudos de las víctimas de Pativilca y La Cantuta reciben justicia, más de 30 años después. Foto: difusión
Fuentes cercanas a su defensa señalan que busca llegar al Tribunal Constitucional sin juicios pendientes ni sentencias por cumplir. Busca enfatizar que su prisión solo se alargaría por esa decisión de los jueces de no compurgar esa única condena.
Pero, más allá de los años de pena, la condena dictada contra Vladimiro Montesino sí supone un avance en la sanción de los crímenes contra los derechos humanos ocurridos durante la dictadura de Fujimori.
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El tribunal estableció que los casos Caraqueño-Pativilca y La Cantuta son crímenes de lesa humanidad, conforme con el tratado de Núremberg, reconocido por el Perú desde los años 90. Alberto Fujimori y los demás procesados reclaman que estos asesinatos no se consideran crímenes de derechos humanos.
Igualmente, la condena establece que Montesinos tuvo participación en los crímenes como asesor del entonces presidente Alberto Fujimori y jefe de facto del Servicio de Inteligencia Nacional.
Como tal, el veredicto reconoce que Montesinos trasmitió la orden a los mandos de las Fuerzas Armadas para que el destacamento de operaciones especiales Colina fuera desplazado hasta Pativilca y La Cantuta para realizar presuntas operaciones de inteligencia y asesinar a los sospechosos, sin ningún juicio.
Además, los jueces dicen que la pena que merecía Montesinos era de 23 años de cárcel, teniendo en cuenta que era el segundo en el mando. Sobre él se encontraba el exdictador Alberto Fujimori, a quien correspondería una pena mayor a los 23 años.
Hay que precisar que por los anteriores juicios existen ya hechos probados, como que el grupo Colina era un destacamento de operaciones especiales de inteligencia de carácter oficial, integrado por oficiales y agentes de actividad, que recibían y ejecutaban órdenes desde la Presidencia de la República.
Tribunal. Jueza Miluska Cano preside la Cuarta Sala Penal que dictó la sentencia condenatoria. Foto: difusión
Una mentira y el uso del poder empresarial y militar llevó, en enero de 1992, al asesinato de John Calderón Ríos (18), Toribio Ortiz Aponte (25), Felandro Castillo Manrique (38), Pedro Agüero Rivera (35), Ernesto Arias Velásquez (17) y César Rodríguez Esquivel (29). Un empresario agrícola los acusó ante el comandante general de las Fuerzas Armadas Nicolás Hermosa Ríos de ser terroristas.
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Los agentes de Colina llegaron de noche, cuando las víctimas dormían. Los sacaron violentamente de sus casas. Los torturaron. Les dispararon en la cabeza y tiraron sus cuerpos a un cañaveral.
El mismo esquema se repitió con los estudiantes y un profesor de La Cantuta, en julio de 1992. Los sacaron de sus camas cuando dormían. Los ejecutaron. Luego, enterraron sus cuerpos y, posteriormente, los desenterraron y quemaron para borrar sus huellas.
El juez Littman Ramírez Delgado impuso impedimento de salida del país al expresidente Alberto Fujimori en el proceso por el caso Pativilca.
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Ramírez consideró que esa es la medida idónea y no la comparecencia restringida, con detención domiciliaria, que pedía la Fiscalía, teniendo en cuenta, según dijo, que se trata de un procesado con más de 65 años de edad y con un estado de salud que requiere atención médica.
Se considera, afirmó el juez, que con el impedimento de salida del país se evita el riesgo de fuga o la facilidad para salir del territorio, a la vez que se asegura la presencia del imputado para la averiguación de la verdad.
El impedimento de salida del país para Fujimori tendrá una duración de nueve meses, periodo que se estima un plazo razonable, puesto que ya se está desarrollando el juicio público.
El exasesor ha presentado una acción de amparo contra una sentencia que dispone que permanezca en prisión hasta agosto del año 2031.