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Política

Confirman condena a los hermanos Zevallos por lavado de activos

Aero Continente. Corte Suprema estableció que Fernando y Lupe Zevallos no acreditaron un patrimonio inicial y que luego la empresa aérea financió todos sus negocios vinculados.

Decisión final. Fernando Zevallos, el “Lunarejo”, también cumple sentencia por narcotráfico. Foto: difusión
Decisión final. Fernando Zevallos, el “Lunarejo”, también cumple sentencia por narcotráfico. Foto: difusión

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia condenatoria contra los principales directivos de la desaparecida Aero Continente, los hermanos Fernando y Lupe Zevallos Gonzales y sus principales colaboradores, por delito de lavado de activos, provenientes del tráfico ilícito de drogas.

Así, se confirma la condena de 27 años de prisión para Fernando Zevallos, el “Lunarejo”, y de 25 años para Lupe y Milagros Zevallos, Jhon Mejía Magnani, Mónica Córdova Sánchez y Jorge Portilla Barraza, con el pago de una reparación civil de 250 millones de soles.

La sentencia establece que en la empresa Aero Continente se dio una lógica de tráfico de drogas y lavado de activos, a partir de lo cual se generó una dinámica de conversiones, transferencias, ocultamiento y tenencia de activos ilícitos, siempre a favor de la familia Zevallos Gonzales.

Confirmado. Testigos afirman que Fernando el "Lunarejo" Zevallos fue socio de Arévalo.

Se establece que los accionistas registraban un desbalance patrimonial, con lo cual no se encuentra un dinero lícito que justifique la fundación de Aero Continente.

Luego, fue la compañía aérea quien financió a sus empresas vinculadas, Aero Continente Chile y Continente Press, por más de 70 millones de soles, y una serie de transferencias de empresas offshore, como lo establece la pericia contable.

La sentencia de la Corte Suprema establece como jurisprudencia que es posible sustentar una condena por indicios, siempre que se cumplan tres requisitos:

1) El incremento inusual del patrimonio o manejo de cantidades de dinero que por su elevado monto, dinámica de las transacciones y tratarse de efectivo ponga de manifiesto operaciones extrañas a las prácticas comerciales ordinarias.

2) La inexistencia de negocios lícitos que justifiquen el incremento patrimonial o las transmisiones dinerarias, las cauces poco usuales en trasmisiones lícitas o la falta de acreditación de los ingresos económicos suficientes para explicar tales activos y/o las operaciones realizadas.

3) La constatación de algún vínculo o conexión con actividades de tráfico ilícito de drogas o con personas o grupos relacionados con las mismas.

Confirman condena a los hermanos Zevallos por lavado de activos

“Igualmente, cuando existen indicios suficientemente relevantes por sí mismos de la comisión de un determinado delito y el acusado no proporciona explicación lógica alguna de su conducta, el tribunal puede deducir racionalmente que esa explicación alternativa no existe y dictar sentencia condenatoria”, subraya la Corte Suprema.

Fernando Zevallos ya cumple una condena de 25 años por narcotráfico.

Fiscalía

Crimen. Las investigaciones a los hermanos Zevallos Gonzales estuvieron a cargo de la Fiscalía Especializada contra el Crimen Organizado. La denuncia estuvo a cargo de los fiscales Iván Quispe, Miguel Toyohama y en el juicio, el fiscal Jorge Chávez Cotrina.

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