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Política

Sala y fiscal salvan a violador sexual de la cadena perpetua

Defensora oficiosa. En un extraño juicio, en el que una fiscal superior adjunta parece actuar como abogada defensora, la Sala Penal Liquidadora de Ate, presidida por el juez Darío Palacios Dextre, condenó a 25 años de prisión a un sujeto que, de acuerdo con la ley penal, merecía dos cadenas perpetuas.

Esta es una historia de injusticia. Tal vez también de corrupción. El adjetivo de “rata”, que el juez superior Darío Palacios Dextre se atribuye para captar fondos para su campaña al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, también describiría su desempeño jurisdiccional.

La República ha podido documentar un caso donde la Fiscalía asegura que un sujeto merece dos cadenas perpetuas por abusar sexualmente de dos menores de edad, pese a lo cual la Sala Penal Liquidadora de Ate, integrada por los jueces Darío Palacios Dextre, Edgar Vizcarra Pacheco y Patricia Nakano Alva, le ponen solo 25 años de prisión.

Tragedia

La historia judicial de este caso comenzó un 21 de abril del 2019. Ese día Luis Fernando Vega llegó en estado de ebriedad a su casa, lo que aprovechó su conviviente para tomar su celular, desbloquearlo con la huella dactilar mientras dormía y revisar el archivo fotográfico.

Ella pensaba que él la estaba engañando. Lo que encontró fue de terror. Fotos y videos del sujeto abusando sexualmente de sus dos hijas de 9 y 11 años de edad. La mujer entró en furia. Abofeteo a Luis, que huyó por los techos hasta que tropezó y cayó al piso. Fue intervenido, primero por los vecinos, luego llegó la policía y la Fiscalía.

Se recogió el celular. Las niñas pasaron por las pericias médicas, declararon en cámara Gesell y dieron pormenores de los abusos. Él les daba propinas, acceso a series de dibujos animados en el TV e internet en el celular, para que accedieran a las abusos y guardaran silencio.

Pero se observa algo extraño. Por todos lados se anota la edad de la madre, 29 años, y de las menores. El de Luis Fernando no se indica. Al declarar en la policía le ponen 32 años. En la Fiscalía, 22 años. Esto será significativo después.

El 25 de abril se produce otro hecho extraño. A las 08:50 a.m. se levanta un acta con presencia de abogado, fiscal y policía de deslacrado y recojo de fotos que están en un CD. A las 09:35 a.m. otra acta, en que Luis Fernando se niega a la visualización de las fotos de su celular.

Con todo, se realiza la denuncia ante el 3° Juzgado Penal Transitorio Sede Puruchuco por violación sexual a una menor y tocamientos indebidos y actos contra el pudor a la otra. Nadie cuestiona las pruebas, en ningún momento de la investigación.

El 13 de enero, el titular de la 1° fiscalía superior penal de Lima Este, Johans Jadrosich Ocampo, formuló acusación y pide cadena perpetua para Luis Fernando Vega.

El juicio comienza el 10 de septiembre del 2020. La fiscal adjunta Marybel Candia Argumedo reitera oralmente la acusación escrita. Describe los hechos, las fotos y señala que el acusado merecería dos condenas, pero siendo que una es de cadena perpetua, es la máxima posible.

“La fiscalía espera alcanzar al termino del juzgamiento se le condene a la pena de cadena perpetua señalándose que en este caso, si bien es cierto, son dos hechos diferentes que se han cometido sobre dos agraviadas diferentes, si bien se consideraría que nos encontraríamos ante un delito de concurso real, por lo que es aplicable el último párrafo del artículo 50 del Código Penal, que establece que aun tratándose de un concurso real cuando uno de los delitos establezca la pena máxima de cadena perpetua, será la única aplicable al caso, es por ello que el Ministerio Público (...) va a solicitar que se le condene a condene a cadena perpetua”, señaló la fiscal.

Opereta

Luego, algo cambia, la fiscal Candia pide conferenciar con el acusado por cinco minutos, pues si bien el acusado a reconocido una versión sobre los hechos, buscará establecer posibles “convenciones probatorias”, una especie de conformidad probatoria, pese a sostener que “conforme a las modificaciones realizadas al Código Penal, mediante Ley 30838 se ha establecido que no es de aplicación la institución de la conclusión anticipada, en cualquiera de los delitos de violación sexual”.

Los jueces acceden al pedido de la fiscalía para conferenciar. Al regreso, el abogado pide que se suspenden la audiencia para estudiar el planteamiento de la fiscalía. Los jueces suspenden la audiencia.

El juicio se reinicia el 17 de septiembre, con el anuncio del abogado César Morón García de que, de acuerdo con lo conversado la representante del Ministerio Público, su cliente se allana al ilícito penal que se le imputa, demostrando arrepentimiento y que se tenga en cuenta que es la primera vez que su cliente se encuentra envuelto en este tipo de hechos.

La fiscal también pide que se den por acreditadas las pruebas e insiste en que la ley prohíbe cualquier beneficio o reducción de pena a acusados de violación sexual. “Si bien en este tipo de delitos no es aplicable la conclusión anticipada, pero se le ha hecho de conocimiento que podría en todo caso, en su declaración que va a brindar, reconocer responsabilidad de ello y, en todo caso, allanarse a la imputación que el Ministerio Público le ha realizado y el abogado de la defensa también ha indicado que también esto lo desea realizar con fines de obtener una reducción punitiva por su comportamiento procesal”, subraya la fiscal. Los jueces preguntan y el acusado acepta.

El juicio prosigue el 24 de septiembre. Al trascribirse la audiencia, la fiscal parece que tomó el papel del abogado defensor. Señala que tendría que reproducir su acusación, pero le pide al tribunal una reducción de pena pues, dice, el acusado facilitó la investigación y es una persona joven.

Así, invocando un principio de humanidad, dice, se debe considerar una “pena estimable de 25 años” de cárcel. El tribunal debió protestar. La fiscal no estaba cumpliendo su labor. Además, que su pedido trasgrede lo que dice la ley penal.

“Señores jueces superiores, en el presente caso sucede conforme al dicho: una imagen vale más que mil palabras y la imagen la tienen ustedes en el expediente y el acusado ha reconocido que es en efecto la persona que se observa en la imagen. (...) en todo caso instamos al tribunal si, así lo considera para una reducción de pena, toda vez que el acusado no es menor de 21 años, pero es una persona joven y definitivamente consideramos que con el reconocimiento que está realizando y expresando colaboración porque en el proceso pudo haber interpuesto alguna acción dilatoria o perturbatoria, pero no la hecho, los hechos son muy graves y, eso, lo reconoce el Ministerio Público, pero también somos conscientes del principio de humanidad que rige en el proceso penal”, dice la fiscal a los jueces.

Los jueces guardan silencio. Pasan por alto lo irregular. El 1° de octubre del 2020 se dicta la condena: 25 años de cárcel. La ley no parece importar. La Fiscalía y el acusado quedan conformes. Solo la parte civil apela, sin creer aún lo que pasó.

La fiscal

Al respecto, en un breve diálogo con La República, la fiscal superior Marybel Candia señala que decidió conferenciar con el abogado y el acusado porque advirtió que había un problema con el recojo de las prueba gráfica, algo que el abogado podía impugnar en cualquier momento y el tribunal anular todas las pruebas y absolver al acusado pese a la gravedad del delito.

Agrega que hay otros casos dónde la Sala de Palacios Dextre ha absuelto a acusados de violación sexual, narcotráfico y otros delitos pese a la evidencia probatoria por lo que consideró que lo mejor era que el acusado se allane a la acusación.

Las pruebas existen

Todo está documentando. La Fiscalía no tenía motivos para cambiar su acusación de cadena perpetua a estimar una de tan solo 25 años de cárcel.

luis fernando vega caso violacion

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