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Política

Vizcarra: Aislamiento es el único camino para frenar el coronavirus

El presidente de la República exhortó a la población que continúen cumpliendo las medidas impuestas en el estado de emergencia para así evitar el avance del COVID-19.

El jefe de Estado Martín Vizcarra exhortó a la ciudadanía, una vez más, que acaten las restricciones dictadas por el Estado en el estado de emergencia, decretadas el último domingo 15, y que tienen como objetivo combatir el avance de contagio del coronavirus COVID-19.

Reiteró que el aislamiento social obligatorio es fundamental para evitar la propagación de la pandemia mundial, que en el Perú ya ha registrado 117 casos de infectados.

Asimismo, resaltó que a pesar que los ciudadanos están prohibidos de participar en eventos sociales o públicos, excepto en algunos casos, esto no impide que el país se mantenga unido en la lucha contra la enfermedad.

“Peruana y peruano, te pido seguir acatando con responsabilidad las medidas adoptadas por el Gobierno. El aislamiento social obligatorio es el único camino para frenar la propagación del coronavirus. Estamos unidos a pesar la distancia”, escribió en su cuenta oficial de Twitter.

El mandatario culminó su mensaje por redes sociales con el hashtag #YoMeQuedoEnCasa, que representa a la campaña que el Estado ha iniciado para los esfuerzos contra el coronavirus en el Perú.

El aislamiento social obligatorio es una de las medidas que el jefe de Estado impuso en la declaratoria de emergencia. Desde las 00 horas del lunes 16 de marzo, los peruanas y peruanos no pueden salir de su casa, salvo algunos casos excepcionales.

Además, también se ordenó el cierre total de las fronteras y el transporte interprovincial. Para cumplirse estas limitaciones, el Estado dispuso que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas controlen el orden y el cumplimiento de tales.

Posible toque de queda por coronavirus

El presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, aseguró el último lunes que dependerá del comportamiento que la población tenga este martes 17 para que evalúen implementar el toque de queda.

Esta medida es permitida en estados de emergencia, como el actual decretado por el avance del coronavirus COVID-19 en el Perú. Consiste la prohibición de circular libremente por las calles o en lugares públicos en un cierto intervalo de tiempo, con el propósito de garantizar la seguridad, en el caso actual en el aspecto de salud.

Coronavirus en el Perú: 117 casos de coronavirus confirmados

Este martes 17 de marzo, la ministra de Salud (Minsa), Elizabeth Hinostroza, confirmó que hay 117 personas contagiadas de coronavirus en el Perú. Estos pacientes positivos se descubrieron luego del análisis de más de 2315 muestras.

Los casos se concentran en Lima (70), Callao (2), luego en Huánuco (2), Arequipa (2), Piura (2), Chincha (1), Cusco (1) y Chiclayo (1), según datos oficiales del Ministerio de Salud. Todos los infectados por COVID-19 en el Perú se encuentran en aislamiento.

Restricciones en estado de emergencia

Martín Vizcarra decretó el estado de emergencia nacional y el cierre de fronteras por 15 días calendarios ante el avance del COVID-19 en el territorio nacional, enfermedad que ya cuenta con 117 casos de contagio confirmados este martes 17 de marzo.

Entre las normas y limitaciones a la ciudadanía se encuentra el aislamiento nacional obligatorio. Asimismo, el cierre total de las fronteras y el transporte interprovincial.

Se establece que las personas únicamente pueden circular por las vías de uso público para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales como:

  • Adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
  • Adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  • Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
  • Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
  • Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.
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